LNCM

Artículo 256. Aplicacion de INCOTERMS en contratos marítimos

Establece que los INCOTERMS referenciados en contratos marítimos se aplican conforme a su edicion vigente al momento de celebracion, permitiendo modificaciones por correspondencia entre partes. Se reconoce validez a los cambios convenidos posteriormente.

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Texto Legal

Cuando en los contratos regulados por el presente título, los contratantes se refieran al o los Términos Internacionales de Comercio -en los sucesivo INCOTERM o INCOTERMS respectivamente- de la Cámara Internacional de Comercio, se entenderá que el contrato celebrado corresponde a alguna de las modalidades marítimas según sea el caso, tal y como se conozcan en su edición vigente al momento de la celebración del contrato, salvo que parte del contenido obligacional del mismo se hubiere modificado mediante convenio por correspondencia de cualquier medio de transmisión de datos cruzada entre las partes; en cuyo caso se entenderá que la compraventa marítima fue modificada en los términos de la referida correspondencia.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Articulo fundamental para operaciones comerciales marítimas. Recuerde que cualquier modificacion a INCOTERMS debe constar en correspondencia documentada entre partes; esto es critico para evitar disputas sobre obligaciones de entrega y despacho aduanero.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 256 del LNCM?

Establece que los INCOTERMS referenciados en contratos marítimos se aplican conforme a su edicion vigente al momento de celebracion, permitiendo modificaciones por correspondencia entre partes. Se reconoce validez a los cambios convenidos posteriormente.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 256 de la LEY de Navegación y Comercio Marítimos?

Articulo fundamental para operaciones comerciales marítimas. Recuerde que cualquier modificacion a INCOTERMS debe constar en correspondencia documentada entre partes; esto es critico para evitar disputas sobre obligaciones de entrega y despacho aduanero.

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