LNCM

Artículo 287. Procedimiento de notificacion en averia comun

Demanda debe señalar interesados que contribuyan. Auto de admision notificado personalmente al naviero y por correo certificado a interesados. Publicacion en Diario Oficial y periodico nacional tres veces, respondiendo en nueve dias habiles.

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Texto Legal

En caso de ser el propietario o naviero quien solicite la declaración de avería común, deberá señalar en su escrito inicial de demanda el nombre y domicilio de los interesados que deban contribuir a ésta.

El auto que admita a trámite el procedimiento de avería común deberá notificarse personalmente al propietario o naviero, y mediante correo certificado, a los interesados con domicilio conocido. Asimismo, el Juez ordenará la publicación del auto de admisión en el Diario Oficial de la Federación y en un periódico de circulación nacional, por tres veces, debiendo mediar entre una y otra publicación tres días hábiles, la cual se fijará también en los estrados o tablero de avisos del Juzgado.

Los interesados deberán contestar la demanda dentro de los nueve días hábiles siguientes a la fecha de la última de las publicaciones señaladas en éste artículo.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Establece procedimiento riguroso de notificacion multicanal para garantizar conocimiento de todos interesados. Las publicaciones triplicadas en medios oficiales crean carga administrativa pero aseguran debido proceso. Plazo de nueve dias para respuesta es relativamente corto.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 287 del LNCM?

Demanda debe señalar interesados que contribuyan. Auto de admision notificado personalmente al naviero y por correo certificado a interesados. Publicacion en Diario Oficial y periodico nacional tres veces, respondiendo en nueve dias habiles.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 287 de la LEY de Navegación y Comercio Marítimos?

Establece procedimiento riguroso de notificacion multicanal para garantizar conocimiento de todos interesados. Las publicaciones triplicadas en medios oficiales crean carga administrativa pero aseguran debido proceso. Plazo de nueve dias para respuesta es relativamente corto.

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