LNCM

Artículo 299. Designacion judicial del ajustador de averia

Cuando las partes en procedimiento extrajudicial de averia comun no acuerdan en el ajustador, pueden solicitar su designacion ante el Juez de Distrito. El procedimiento se sigue conforme a los articulos 293 a 297.

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Texto Legal

Cuando se ventile un procedimiento extrajudicial de avería común y las partes no se pusieren de acuerdo en el nombramiento del ajustador, podrán acudir ante el Juez de Distrito competente para solicitar su designación. El procedimiento se tramitará conforme a lo establecido en los artículos 293 a 297 de la presente Ley.

CAPÍTULO VI REMUNERACIÓN POR SALVAMENTO

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Este articulo previene bloqueos procedimentales cuando hay desacuerdo en la designacion del ajustador. Aunque el procedimiento es extrajudicial, la intervencion judicial es mecanismo de desempate que asegura continuidad del proceso.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 299 del LNCM?

Cuando las partes en procedimiento extrajudicial de averia comun no acuerdan en el ajustador, pueden solicitar su designacion ante el Juez de Distrito. El procedimiento se sigue conforme a los articulos 293 a 297.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 299 de la LEY de Navegación y Comercio Marítimos?

Este articulo previene bloqueos procedimentales cuando hay desacuerdo en la designacion del ajustador. Aunque el procedimiento es extrajudicial, la intervencion judicial es mecanismo de desempate que asegura continuidad del proceso.

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