LNCM

Artículo 60. Señalamiento marítimo

La Secretaría debe garantizar el funcionamiento del señalamiento marítimo y las ayudas a la navegación para prevenir problemas de seguridad. Esto incluye recursos humanos y materiales adecuados.

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Texto Legal

La Secretaría estará obligada a disponer de los recursos humanos y materiales necesarios para garantizar el funcionamiento y conocimiento público adecuados sobre el señalamiento marítimo y las ayudas a la navegación en las vías navegables.

La Secretaría realizará las labores de señalamiento marítimo y ayudas a la navegación con el propósito de prevenir o solucionar problemas de seguridad en la misma. Artículo reformado DOF 19-12-2016, 07-12-2020

LEY DE NAVEGACIÓN Y COMERCIO MARÍTIMOS CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Última Reforma DOF 14-11-2025 Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

La correcta señalización marítima es fundamental para la seguridad de la navegación. Los operadores deben estar atentos a las actualizaciones y cambios en las señales para evitar accidentes.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 60 del LNCM?

La Secretaría debe garantizar el funcionamiento del señalamiento marítimo y las ayudas a la navegación para prevenir problemas de seguridad. Esto incluye recursos humanos y materiales adecuados.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 60 de la LEY de Navegación y Comercio Marítimos?

La correcta señalización marítima es fundamental para la seguridad de la navegación. Los operadores deben estar atentos a las actualizaciones y cambios en las señales para evitar accidentes.

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