La Bitácora es obligatoria en contratos de obras y servicios, y su control se hará por medios electrónicos. Esto busca mejorar la transparencia y el seguimiento de los proyectos.
El uso de la Bitácora es obligatorio en cada uno de los contratos de obras y servicios. Su elaboración, control y seguimiento se hará por medios remotos de comunicación electrónica, para lo cual la Secretaría implementará el programa informático que corresponda. Artículo adicionado DOF 16-01-2012. Reformado DOF 16-04-2025
Interpretación práctica por el equipo de SDV
El uso de la Bitácora electrónica es fundamental para el seguimiento de los contratos. Las dependencias deben capacitar a su personal en el uso de la plataforma para evitar errores en su manejo.
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Art. 52. Uso obligatorio de la Bitácora
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