LOPSRM

Artículo 52 Bis. Uso obligatorio de la Bitácora

La Bitácora es obligatoria en contratos de obras y servicios, y su control se hará por medios electrónicos. Esto busca mejorar la transparencia y el seguimiento de los proyectos.

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Texto Legal

El uso de la Bitácora es obligatorio en cada uno de los contratos de obras y servicios. Su elaboración, control y seguimiento se hará por medios remotos de comunicación electrónica, para lo cual la Secretaría implementará el programa informático que corresponda. Artículo adicionado DOF 16-01-2012. Reformado DOF 16-04-2025

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

El uso de la Bitácora electrónica es fundamental para el seguimiento de los contratos. Las dependencias deben capacitar a su personal en el uso de la plataforma para evitar errores en su manejo.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 52 Bis del LOPSRM?

La Bitácora es obligatoria en contratos de obras y servicios, y su control se hará por medios electrónicos. Esto busca mejorar la transparencia y el seguimiento de los proyectos.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 52 Bis de la LEY de Obras Públicas y Servicios Relacionados ...?

El uso de la Bitácora electrónica es fundamental para el seguimiento de los contratos. Las dependencias deben capacitar a su personal en el uso de la plataforma para evitar errores en su manejo.

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