LPERC

Artículo 51-G. Jurado para evaluacion premio artes y literatura

Consejo integra Jurado por cada campo de premiacion. Da preferencia a ganadores anteriores del premio y puede solicitar proposiciones de instituciones en lista de convocatoria.

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Texto Legal

El Consejo integrará un Jurado por cada campo de premiación. A tal fin dará preferencia a quienes con anterioridad hayan obtenido el premio y podrá solicitar proposiciones de las mismas instituciones o agrupaciones incluidas en la lista a que se refiere el artículo anterior. LEY DE PREMIOS, ESTÍMULOS Y RECOMPENSAS CIVILES CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Última Reforma DOF 01-04-2024 Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios

Artículo adicionado DOF 17-12-2015

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Similar a estructura de Ciencias, pero Jurados para Artes tienen mayor variabilidad en expertise segun campo. Relaciones previas con miembros de Jurado pueden ser determinantes en campos como Bellas Artes donde estandares son menos objetivos.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 51-G del LPERC?

Consejo integra Jurado por cada campo de premiacion. Da preferencia a ganadores anteriores del premio y puede solicitar proposiciones de instituciones en lista de convocatoria.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 51-G de la LEY de Premios, Estímulos y Recompensas Civiles?

Similar a estructura de Ciencias, pero Jurados para Artes tienen mayor variabilidad en expertise segun campo. Relaciones previas con miembros de Jurado pueden ser determinantes en campos como Bellas Artes donde estandares son menos objetivos.

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