LPERC

Artículo 51-H. Plazos de ampliacion premio artes y literatura

La convocatoria fija plazos para que instituciones amplien informaciones ante el Consejo. Define terminos especificos del proceso evaluativo.

plazosconvocatoriaampliacioninformacionprocedimiento

Texto Legal

La convocatoria fijará plazos dentro de los cuales las instituciones y agrupaciones incluidas en la lista que prevé el artículo 51-F de esta Ley, podrán ampliar informaciones ante el Consejo. Artículo adicionado DOF 17-12-2015

CAPÍTULO VIII Premio Nacional de Demografía Capítulo adicionado DOF 18-11-1986. Reformado DOF 07-03-2003 (renumerado, antes Capítulo VII-Bis)

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Disposicion procedural esencial para cumplimiento. Los plazos son establecidos cada ano en convocatoria; no hay plazo default, por lo que revisar documento de convocatoria oficial es obligatorio antes de actuar.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 51-H del LPERC?

La convocatoria fija plazos para que instituciones amplien informaciones ante el Consejo. Define terminos especificos del proceso evaluativo.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 51-H de la LEY de Premios, Estímulos y Recompensas Civiles?

Disposicion procedural esencial para cumplimiento. Los plazos son establecidos cada ano en convocatoria; no hay plazo default, por lo que revisar documento de convocatoria oficial es obligatorio antes de actuar.

¿Necesitas asesoría sobre el Art. 51-H del LPERC?

Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.

Consulta Sin Costo
SDV

SDV

Consulta el Art. 51-H LPERC desde tu celular