LPERC

Artículo 71. Placa con posible numerario discrecional

Al premio corresponde una placa que puede adicionarse con numerario cuyo monto fija discrecionalmente el Consejo de Premiacion, dando flexibilidad economica segun meritos.

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Texto Legal

Al premio corresponderá una placa y podrá adicionarse con una entrega en numerario, cuyo monto fijará discrecionalmente el Consejo de Premiación. Artículo reformado DOF 07-03-2003 (renumerado, antes Artículo 76)

Capítulo XII Premio Nacional de la Juventud

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Estructura flexible: presea obligatoria (placa) mas numerario opcional. Para contadores: presupuestar rango de montos pero documentar decision del consejo. Para abogados: la discrecionalidad debe constar en actas debidamente fundamentadas.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 71 del LPERC?

Al premio corresponde una placa que puede adicionarse con numerario cuyo monto fija discrecionalmente el Consejo de Premiacion, dando flexibilidad economica segun meritos.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 71 de la LEY de Premios, Estímulos y Recompensas Civiles?

Estructura flexible: presea obligatoria (placa) mas numerario opcional. Para contadores: presupuestar rango de montos pero documentar decision del consejo. Para abogados: la discrecionalidad debe constar en actas debidamente fundamentadas.

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