LPERC

Artículo 81. Lugar y ceremonia entrega premios Comunitario

Permite que segun acuerde el Presidente de la Republica, la entrega de premios pueda tener lugar en ceremonias convencionales o parciales, incluso en los lugares donde ocurrieron los hechos premiados.

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Texto Legal

Según lo acuerde el Presidente de la República, a proposición del Consejo de Premiación, la entrega de premios podrá tener lugar en los términos que previene el artículo 67, o en ceremonias parciales y aun en los lugares en que hayan tenido lugar los hechos que originaron los actos premiados. Artículo reformado DOF 07-03-2003 (renumerado, antes Artículo 86)

CAPÍTULO XIV Premio Nacional de Antigüedad en el Servicio Público

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Esta flexibilidad ceremonial es particularmente valiosa para reconocer acciones realizadas en localidades remotas o de dificil acceso, permitiendo celebraciones significativas culturalmente en contexto local.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 81 del LPERC?

Permite que segun acuerde el Presidente de la Republica, la entrega de premios pueda tener lugar en ceremonias convencionales o parciales, incluso en los lugares donde ocurrieron los hechos premiados.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 81 de la LEY de Premios, Estímulos y Recompensas Civiles?

Esta flexibilidad ceremonial es particularmente valiosa para reconocer acciones realizadas en localidades remotas o de dificil acceso, permitiendo celebraciones significativas culturalmente en contexto local.

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