Permite que cada Consejo de Premiacion denomine las medallas correspondientes a su dependencia, manteniendose vigentes las historicamente instituidas como Enfermera Isabel Cendala, Maestro Altamirano, Emilio Carranza, entre otras.
Cada Consejo de Premiación determinará los nombres de las medallas de las respectivas dependencias u organismos; quedando vigentes y con sus mismas características y formalidades, mientras no se deroguen los decretos que les dieron origen, las premiaciones ya instituidas y que llevan los siguientes nombres: Enfermera Isabel Cendala y Gómez, Maestro Altamirano, Emilio Carranza, Medalla al Mérito Agrícola, Miguel Ángel de Quevedo y Maestro Rafael Ramírez. Artículo reformado DOF 07-03-2003 (renumerado, antes Artículo 90)
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Preserva identidad institucional al permitir nombres propios por dependencia mientras mantiene linea continua historica de reconocimientos. Facilita tradicion y sentido de pertenencia en cada dependencia.
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