LViv

Artículo 43. Sistema Informacion Vivienda creacion

Se crea el Sistema de Informacion para integrar, generar y difundir datos sobre vivienda para la planeacion de la Politica Nacional. La Secretaria lo administra coordinando con INEGI para censos y cuentas satelite de vivienda.

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Texto Legal

Se crea el Sistema de Información, que tendrá por objeto integrar, generar y difundir la información que se requiera para la adecuada planeación, instrumentación y seguimiento de la Política Nacional de Vivienda, así como para el fortalecimiento de la oferta articulada de vivienda en el país.

La Secretaría integrará y administrará el Sistema de Información, el cual se sujetará, en lo conducente, a las disposiciones previstas en la Ley del Sistema Nacional de Información Estadística y Geográfica y se conformará con la información que proporcionen las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal en aspectos vinculados con la vivienda y el suelo, así como la que permita identificar la evolución y crecimiento del mercado con el objeto de contar con información suficiente para evaluar los efectos de la política habitacional. Párrafo reformado DOF 20-04-2015, 14-05-2019

La Secretaría propondrá al Instituto Nacional de Estadística, Geografía e Informática los indicadores que en materia de vivienda deberán considerarse en el levantamiento de censos nacionales, encuestas de vivienda, económicas y sociodemográficas, y otros conteos. Párrafo reformado DOF 14-05-2019

Asimismo, ambas instancias se coordinarán para que dentro de la integración de las cuentas nacionales se desagregue una cuenta específica de vivienda, que se denominará Cuenta Satélite de Vivienda en México, que permita conocer a profundidad el efecto del sector en el contexto global de la economía.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Fundamental para acceder a datos confiables sobre oferta y demanda de vivienda en Mexico. Los abogados y contadores deben estar familiarizados con las Cuentas Satelite de Vivienda para evaluacion economica de proyectos habitacionales.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 43 del LViv?

Se crea el Sistema de Informacion para integrar, generar y difundir datos sobre vivienda para la planeacion de la Politica Nacional. La Secretaria lo administra coordinando con INEGI para censos y cuentas satelite de vivienda.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 43 de la LEY de Vivienda?

Fundamental para acceder a datos confiables sobre oferta y demanda de vivienda en Mexico. Los abogados y contadores deben estar familiarizados con las Cuentas Satelite de Vivienda para evaluacion economica de proyectos habitacionales.

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