LViv

Artículo 50. Sistema estimulos apoyos gobiernos locales

El Gobierno Federal implementa un sistema de estimulos y apoyos a gobiernos estatales y municipales que aporten recursos a programas federales de vivienda, sujeto a disponibilidades presupuestales.

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Texto Legal

El Gobierno Federal, por conducto de sus dependencias y entidades competentes, en los términos de las disposiciones jurídicas aplicables y de conformidad con las disponibilidades presupuestales, implementará y fomentará un sistema de estímulos y apoyos a los gobiernos de las

LEY DE VIVIENDA CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Última Reforma DOF 15-01-2026 Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios

entidades federativas y municipales que aporten recursos para la ejecución de programas federales en materia de vivienda.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Proporciona incentivos para que gobiernos locales participen en programas federales. Utiles para negociadores que buscan alianzas intermunicipales en vivienda.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 50 del LViv?

El Gobierno Federal implementa un sistema de estimulos y apoyos a gobiernos estatales y municipales que aporten recursos a programas federales de vivienda, sujeto a disponibilidades presupuestales.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 50 de la LEY de Vivienda?

Proporciona incentivos para que gobiernos locales participen en programas federales. Utiles para negociadores que buscan alianzas intermunicipales en vivienda.

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