CONAVI, INFONAVIT, FOVISSSTE y SHF deben emitir reglas para canalizar recursos a tasas preferenciales para poblacion de bajos recursos y facilitar movilidad habitacional mediante arrendamiento o transmision de viviendas.
La Comisión; el Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores; el Fondo de la Vivienda del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales para los Trabajadores del Estado y la Sociedad Hipotecaria Federal, Sociedad Nacional de Crédito, deberán emitir reglas de carácter general que permitan canalizar recursos a tasas preferenciales para la población de bajos recursos, así como la movilidad habitacional en viviendas financiadas por ellos, mediante procedimientos para facilitar, en su caso, el arrendamiento o transmisión del uso por cualquier título de dichas viviendas. Artículo reformado DOF 14-05-2019
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Reforma 2019 obliga instituiciones clave a disenar reglas de tasas preferenciales y movilidad. Importante para analizar si productos crediticios realmente ofrecen acceso a poblacion vulnerable.
Anterior
Art. 56. Organismos financiamiento trabajadores cumplimiento
Siguiente
Art. 58. Instituciones banca desarrollo mecanismos concurrencia
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
Consulta Sin Costo