Los depósitos constituidos en favor de los militares no pueden ser embargados, salvo en el caso de créditos otorgados. Esta protección es vital para la seguridad financiera de los militares.
Los depósitos constituidos en favor de los militares para la integración del fondo, no podrán ser objeto de cesión o embargo, excepto cuando se trate de los créditos otorgados con cargo al fondo.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
La inembargabilidad de los depósitos proporciona una capa de seguridad financiera. Es recomendable que los militares mantengan sus documentos en orden para asegurar este beneficio.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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