Este artículo enumera las causas por las cuales un militar puede ser retirado del servicio activo. Incluye factores como la edad, incapacidades y solicitudes voluntarias de retiro.
Son causas de retiro:
I. Llegar a la edad límite que fija el artículo 25 de esta Ley;
II. Quedar incapacitado en acción de armas o como consecuencia de las lesiones recibidas en ella; Fracción reformada DOF 20-11-2008
III. Quedar incapacitado en otros actos del servicio o como consecuencia de ellos; incluyendo la incapacidad que se produzca al trasladarse el militar directamente de su domicilio al lugar donde preste sus servicios, así como el retorno directo de éste a su domicilio particular; Fracción reformada DOF 20-11-2008
IV. Quedar incapacitado en actos fuera del servicio, conforme a lo establecido en los artículos 174 y 183 de esta Ley. Fracción reformada DOF 20-11-2008, 27-01-2015
V. Estar imposibilitados para el desempeño de las obligaciones militares, por enfermedad que dure más de seis meses, pudiendo el Secretario de la Defensa Nacional o, en su caso, el de Marina prorrogar este lapso hasta por tres meses más con base en el dictamen expedido por dos médicos militares o navales en activo, en el que se establezca la posibilidad de recuperación en ese tiempo, y
VI. Solicitarlo después de haber prestado por lo menos veinte años de servicios. Fracción reformada DOF 20-11-2008
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Es esencial que los abogados comprendan las causas de retiro para asesorar a los militares sobre sus opciones. La identificación correcta de la causa puede influir en los beneficios económicos a los que tienen derecho.
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