LISSFAM

Artículo 47. Derechos de hijos adoptivos militares

Los hijos adoptivos solo tienen derecho a beneficios cuando la adopcion fue hecha por el militar antes de cumplir 45 anos de edad.

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Texto Legal

Los hijos adoptivos sólo tendrán derecho a los beneficios que establece esta Ley cuando la adopción se haya hecho por el militar antes de haber cumplido 45 años de edad.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Establece una limitacion temporal basada en la edad del militar adoptante. Recomendable validar actas de adopcion y certificados de edad para incluir hijos adoptivos en solicitudes de beneficios.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 47 del LISSFAM?

Los hijos adoptivos solo tienen derecho a beneficios cuando la adopcion fue hecha por el militar antes de cumplir 45 anos de edad.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 47 de la LEY del Instituto de Seguridad Social para las ...?

Establece una limitacion temporal basada en la edad del militar adoptante. Recomendable validar actas de adopcion y certificados de edad para incluir hijos adoptivos en solicitudes de beneficios.

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