LISSFAM

Artículo 60. Seguro de vida militar beneficiarios

Seguro de Vida Militar proporciona beneficio economico a beneficiarios o familiares por fallecimiento del militar cualquiera sea causa, y a militares dados de baja por incapacidad en primera o segunda categoria, conforme tablas articulo 226.

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Texto Legal

Seguro de Vida Militar es la prestación que tiene por objeto proporcionar un beneficio económico a los beneficiarios o familiares de los militares por el fallecimiento de éstos, cualquiera que sea la causa de la muerte, así como a los militares que hayan causado baja del activo y alta en situación de retiro por incapacidad clasificada en primera o segunda categorías, de conformidad con las tablas contenidas en el artículo 226 de esta Ley, contraída en actos del servicio o como consecuencia de ellos. Artículo reformado DOF 20-11-2008

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Cobertura universal por cualquier causa de muerte, no solo actos de servicio. Tambien cubre incapacidades de primera y segunda categoria. Referencia a articulo 226 requiere consulta conjunta de tablas para calificacion de incapacidades.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 60 del LISSFAM?

Seguro de Vida Militar proporciona beneficio economico a beneficiarios o familiares por fallecimiento del militar cualquiera sea causa, y a militares dados de baja por incapacidad en primera o segunda categoria, conforme tablas articulo 226.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 60 de la LEY del Instituto de Seguridad Social para las ...?

Cobertura universal por cualquier causa de muerte, no solo actos de servicio. Tambien cubre incapacidades de primera y segunda categoria. Referencia a articulo 226 requiere consulta conjunta de tablas para calificacion de incapacidades.

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