Vocal Ejecutivo ejecuta acuerdos de Junta y Comision, convoca sesiones, presenta anualmente estados financieros, presupuestos anuales antes del 30 de septiembre, y propone estrategia de inversion.
El Vocal Ejecutivo del PENSIONISSSTE tendrá las obligaciones y facultades siguientes:
I. Asistir a las sesiones de la Junta Directiva del Instituto con voz, pero sin voto, para informar de los asuntos del Fondo Nacional de Pensiones de los Trabajadores al servicio del Estado;
II. Ejecutar los acuerdos de la Junta Directiva del Instituto y de la Comisión Ejecutiva del PENSIONISSSTE, relacionados con el Fondo Nacional de Pensiones de los Trabajadores al Servicio del Estado; LEY DEL INSTITUTO DE SEGURIDAD Y SERVICIOS SOCIALES DE LOS TRABAJADORES DEL ESTADO CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Última Reforma DOF 15-01-2026 Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios
III. Convocar a las sesiones de la Comisión Ejecutiva;
IV. Presentar anualmente a la Comisión Ejecutiva del PENSIONISSSTE, dentro de los dos primeros meses del año siguiente, los estados financieros y el informe de actividades del ejercicio anterior;
V. Presentar a la Comisión Ejecutiva del PENSIONISSSTE a más tardar el último día de septiembre de cada año, los presupuestos de ingresos y egresos, el proyecto de gastos y los planes de labores y de financiamiento para el año siguiente;
VI. Presentar a consideración de la Comisión Ejecutiva del PENSIONISSSTE, un informe bimestral sobre las actividades de la propia Comisión Ejecutiva;
VII. Presentar a la Comisión Ejecutiva del PENSIONISSSTE para su consideración, la estrategia de inversión de los recursos de Pensiones;
VIII. Proponer al Director General los nombramientos y remociones del personal técnico y administrativo del PENSIONISSSTE, y
IX. Las demás que le señalen esta Ley y sus disposiciones reglamentarias.
CAPÍTULO VII SEGURO DE INVALIDEZ Y VIDA
Sección I Generalidades
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Funcionario clave para operacion diaria: tiene responsabilidad de ejecución pero rinde cuentas a ambos organos colegiados. Asiste a Junta Directiva sin voto pero con obligacion de informar.
Anterior
Art. 112. Atribuciones de la Comision Ejecutiva
Siguiente
Art. 114. Riesgos Protegidos por Seguro
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
Consulta Sin Costo