Los trabajadores pueden elegir la vivienda a la que se aplicara el credito del Fondo, ya sea nueva o usada. Esto otorga flexibilidad en la adquisicion de vivienda.
La persona trabajadora tendrá el derecho de elegir la vivienda nueva o usada a la que se aplique el importe del crédito que reciba con cargo al Fondo de la Vivienda, así como si el importe se define en UMA o en pesos en el contrato respectivo, conforme al esquema aprobado por la Junta Directiva.
En el caso de que la persona trabajadora o pensionada aplique su crédito para la adquisición de suelo destinado para la construcción de su vivienda, estará sujeto a las condiciones que determine la Comisión Ejecutiva, en apego a las disposiciones establecidas en la presente Ley y su Reglamento. Artículo reformado DOF 16-12-2020, 08-05-2023
Interpretación práctica por el equipo de SDV
La capacidad de elegir la vivienda es un derecho importante para los trabajadores. Los abogados deben asesorar sobre los contratos y condiciones aplicables.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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