LISSSTE

Artículo 5. Administración del Instituto

El Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado es el encargado de administrar los seguros y prestaciones. Su objetivo es contribuir al bienestar de los trabajadores y pensionados.

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Texto Legal

La administración de los seguros, prestaciones y servicios establecidos en el presente ordenamiento, así como la del Fondo de la Vivienda, del PENSIONISSSTE, de sus delegaciones y de sus demás órganos desconcentrados, estarán a cargo del organismo descentralizado con personalidad jurídica y patrimonio propios, denominado Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, con domicilio en la Ciudad de México, Distrito Federal, que tiene como objeto contribuir al bienestar de los Trabajadores, Pensionados y Familiares Derechohabientes, en los términos, condiciones y modalidades previstos en esta Ley.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

La correcta administración de los recursos del Instituto es crucial para garantizar la efectividad de los servicios. Las entidades deben colaborar con el Instituto para asegurar un flujo de información adecuado.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 5 del LISSSTE?

El Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado es el encargado de administrar los seguros y prestaciones. Su objetivo es contribuir al bienestar de los trabajadores y pensionados.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 5 de la LEY del Instituto de Seguridad y Servicios Soci...?

La correcta administración de los recursos del Instituto es crucial para garantizar la efectividad de los servicios. Las entidades deben colaborar con el Instituto para asegurar un flujo de información adecuado.

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