Las Dependencias y Entidades tienen varias obligaciones relacionadas con la prevención de accidentes y enfermedades laborales. Estas incluyen la realización de estudios y la capacitación de trabajadores.
Las Dependencias y Entidades deberán:
I. Llevar a cabo y, en su caso, facilitar la realización de estudios e investigaciones sobre las posibles causas de accidentes y enfermedades de trabajo y adoptar medidas adecuadas para su control;
II. Informar al Instituto sobre la ocurrencia de accidentes o enfermedades de trabajo de su ámbito de competencia;
III. Proporcionar al Instituto datos e informes para la elaboración de estadísticas sobre accidentes y enfermedades de trabajo;
IV. Difundir e implantar en su ámbito de competencia, las normas preventivas de accidentes y enfermedades de trabajo;
V. Integrar y operar con regularidad las Comisiones de Seguridad y Salud en el Trabajo brindando las facilidades necesarias a sus integrantes para el adecuado desarrollo de sus funciones;
VI. Elaborar, con base en los lineamientos que para tal efecto emita el Instituto, su programa de prevención de enfermedades y accidentes del trabajo, así como implantarlo conforme a las disposiciones que establezca;
LEY DEL INSTITUTO DE SEGURIDAD Y SERVICIOS SOCIALES DE LOS TRABAJADORES DEL ESTADO CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Última Reforma DOF 15-01-2026 Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios
VII. Capacitar a los Trabajadores sobre la prevención de enfermedades y accidentes del trabajo, atendiendo a la naturaleza de las actividades que se llevan a cabo en los centros de trabajo, y
VIII. Llevar a cabo aquellas otras acciones que se establezcan en los reglamentos en la materia.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Es crucial que las Dependencias cumplan con sus obligaciones para garantizar un entorno laboral seguro. La capacitación continua es fundamental para mantener la seguridad en el trabajo.
Anterior
Art. 71. Acciones preventivas en Dependencias
Siguiente
Art. 73. Comisiones de Seguridad y Salud
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
Consulta Sin Costo