Los recursos en la Cuenta Individual son propiedad del Trabajador y tienen ciertas modalidades de inembargabilidad. Esto protege los ahorros del trabajador ante embargos.
Los recursos depositados en la Cuenta Individual de cada Trabajador son propiedad de éste con las modalidades que se establecen en esta Ley y demás disposiciones aplicables.
Los recursos depositados en la Subcuenta de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez y en la Subcuenta de ahorro solidario serán inembargables.
Los recursos depositados en las Subcuentas de aportaciones voluntarias, complementarias de retiro y de ahorro a largo plazo serán inembargables hasta por un monto equivalente a veinte veces el Salario Mínimo elevado al año por cada Subcuenta, por el importe excedente a esta cantidad se podrá trabar embargo.
Sección II Pensión por Cesantía en Edad Avanzada
Interpretación práctica por el equipo de SDV
La inembargabilidad de ciertos recursos es un aspecto clave para la protección del patrimonio del trabajador. Es fundamental que los trabajadores conozcan sus derechos sobre sus ahorros.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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