Se consideraran diversas circunstancias al aplicar recursos, priorizando trabajadores de bajos salarios y la factibilidad de construcciones habitacionales.
En la aplicación de los recursos a que se refiere el artículo anterior se considerarán, entre otras, las siguientes circunstancias:
I.- La demanda de habitación y las necesidades de vivienda, dando preferencia a los trabajadores de bajos salarios, en las diversas regiones o localidades del país;
II.- La factibilidad y posibilidades reales de llevar a cabo construcciones habitacionales;
III.- El monto de las aportaciones al Fondo proveniente de las diversas regiones y localidades del país; y
LEY DEL INSTITUTO DEL FONDO NACIONAL DE LA VIVIENDA PARA LOS TRABAJADORES CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Última Reforma DOF 21-02-2025 Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios
IV.- El número de trabajadores en las diferentes regiones o localidades del Territorio Nacional.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Es importante que los asesores conozcan las prioridades en la aplicacion de recursos, ya que esto puede influir en la elegibilidad de sus clientes para financiamiento. Mantenerse informado sobre estas circunstancias es esencial.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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