88_200521

Artículo 29. Informacion de autoridades estatales y municipales

Las autoridades y servidores publicos estatales y municipales proporcionaran al Instituto la informacion solicitada conforme a acuerdos celebrados entre ellas y el organismo.

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Texto Legal

Las autoridades y servidores públicos estatales y municipales proporcionarán al Instituto la información y datos que éste les solicite, en los términos de los acuerdos que al efecto se celebren.

Capítulo VII Del cumplimiento del Programa Nacional para la Igualdad entre Mujeres y Hombres Denominación del Capítulo reformada DOF 04-06-2015

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Este articulo amplía la capacidad del Instituto para obtener informacion mas allá del ámbito federal. Para los asesores es importante documentar los acuerdos celebrados con autoridades locales para garantizar la obligatoriedad del suministro de datos.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 29 del 88_200521?

Las autoridades y servidores publicos estatales y municipales proporcionaran al Instituto la informacion solicitada conforme a acuerdos celebrados entre ellas y el organismo.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 29 de la LEY del Instituto Nacional de las Mujeres?

Este articulo amplía la capacidad del Instituto para obtener informacion mas allá del ámbito federal. Para los asesores es importante documentar los acuerdos celebrados con autoridades locales para garantizar la obligatoriedad del suministro de datos.

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