El Instituto reconocerá las formalidades establecidas por los sistemas normativos indígenas en su relación con las comunidades. Esto asegura que los efectos legales sean válidos y respetados.
En su relación con los órganos y autoridades representativas de los pueblos y comunidades indígenas, el Instituto reconocerá y respetará las formalidades propias establecidas por los sistemas normativos indígenas, debiendo surtir los efectos legales correspondientes.
LEY DEL INSTITUTO NACIONAL DE LOS PUEBLOS INDÍGENAS CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Última Reforma DOF 29-12-2023 Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Este artículo destaca la importancia de respetar las normativas indígenas. Los profesionales deben estar preparados para trabajar dentro de estos marcos legales.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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