Las sociedades anónimas promotoras de inversión pueden colocar sus acciones en bolsa, con o sin oferta pública, siempre que informen adecuadamente sobre las diferencias en su régimen. Esto les permite acceder a financiamiento a través del mercado de valores.
Las sociedades anónimas promotoras de inversión que obtengan la inscripción en el Registro de las acciones representativas de su capital social o títulos de crédito que representen dichas acciones, podrán colocar en bolsa con o sin oferta pública dichos valores, siempre que:
I. Prevean expresamente y de manera notoria en el prospecto de colocación o folleto informativo que utilicen para la colocación de los valores:
a) Las diferencias en el régimen de organización, funcionamiento, revelación de información y, en su caso, requisitos de listado y mantenimiento, en relación con las sociedades anónimas bursátiles.
b) Se deroga Inciso derogado DOF 28-12-2023
c) Se deroga Inciso derogado DOF 10-01-2014
II. Se deroga Fracción derogada DOF 28-12-2023 Reforma DOF 10-01-2014: Derogó del artículo el entonces último párrafo
Interpretación práctica por el equipo de SDV
La colocación de valores es una estrategia clave para obtener financiamiento. Los contadores deben trabajar en estrecha colaboración con los abogados para asegurar que toda la información divulgada sea precisa y cumpla con las regulaciones.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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