Solo las casas de bolsa pueden operar en las bolsas de valores, cumpliendo con los requisitos establecidos en su reglamento interior. Esto asegura un control y regulación adecuados en el mercado.
Las bolsas de valores solamente permitirán operar en ellas a las casas de bolsa. En todo caso, dichas casas de bolsa deberán cumplir los requisitos establecidos en el reglamento interior de las propias bolsas.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Las casas de bolsa deben estar bien informadas sobre los requisitos para operar. Los abogados deben asesorar a sus clientes sobre el cumplimiento de estas normativas para evitar sanciones.
Anterior
Art. 245. Requisitos de sistemas de negociación
Siguiente
Art. 247. Reglamento interior de bolsas
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
Consulta Sin Costo