CNBV puede revocar autorizacion de proveedor de precios por abandono injustificado de servicios mayor a seis meses, infracciones graves o reiteradas, o declaracion de quiebra.
La Comisión, con el acuerdo de su Junta de Gobierno y previa audiencia del interesado, podrá decretar la revocación de la autorización para organizarse y operar como proveedor de precios, cuando:
I. Dejen de otorgar sus servicios, de manera injustificada, durante un plazo mayor a seis meses.
II. Cometan infracciones graves o reiteradas a lo establecido en esta Ley o las disposiciones de carácter general que emanen de ella.
III. Sean declarados en quiebra, o bien, acuerden su disolución y liquidación.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Revocacion requiere audiencia previa al interesado. Abandono por 6 meses es automatico. Infracciones graves/reiteradas son evaluadas discrecionalmente por CNBV. Esta es penalidad maxima que elimina toda capacidad operativa.
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