Este articulo establece que las notificaciones que no se realicen conforme a los procedimientos establecidos se entenderán legalmente hechas si el interesado se manifiesta sabedor de su contenido. Esto puede tener implicaciones importantes.
No obstante lo previsto en este Capítulo, las notificaciones que no fueren efectuadas conforme al mismo, se entenderán legalmente hechas y surtirán sus efectos el día hábil siguiente a aquél en el que el interesado se manifieste sabedor de su contenido.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Este articulo resalta la importancia de estar al tanto de todas las notificaciones, incluso si no se realizaron de manera formal. Los contadores deben educar a sus clientes sobre la necesidad de revisar su correspondencia y estar atentos a cualquier comunicación.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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