La información validada por la autoridad y las entidades financieras tiene el mismo valor probatorio que los documentos originales. Esto incluye datos provenientes de procesos telemáticos.
La información contenida en soportes materiales, o bien, proveniente de procesos telemáticos, siempre que esté validada por la autoridad receptora y la entidad financiera o emisora, así como la información que se integre a las bases de datos de la Comisión, producirán los mismos efectos que las leyes otorgan a los documentos originales y, en consecuencia, tendrán igual valor probatorio.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Las entidades deben asegurarse de que su información esté debidamente validada para garantizar su validez legal. Esto es crucial en auditorías y procesos legales.
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Art. 417. Proporcion de informacion a la comision
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