Las sociedades extranjeras que busquen inscribirse en el Registro de valores no estarán sujetas a ciertos artículos de la Ley del Mercado de Valores. Esto facilita su participación en el mercado mexicano sin las restricciones aplicables a las sociedades nacionales.
Las sociedades extranjeras que soliciten y, en su caso, obtengan la inscripción en el Registro de valores representativos de su capital social o títulos de crédito que los representen, no estarán sujetas a lo previsto en los artículos 23 a 57 de esta Ley.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Este artículo es relevante para las sociedades extranjeras que desean operar en México. Es importante que los asesores legales verifiquen las implicaciones de esta exención en el cumplimiento normativo.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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