El Registro de Valores incluye asientos sobre valores inscritos, fondos de inversion y ofertas en el extranjero. Este registro es fundamental para la transparencia en el mercado de valores en Mexico.
El Registro contendrá los asientos y anotaciones registrales relativos a:
I. Los valores inscritos conforme a los artículos 85, 90 y 90 Bis de esta Ley. Fracción reformada DOF 28-12-2023
LEY DEL MERCADO DE VALORES CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Última Reforma DOF 14-11-2025 Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios
II. Los valores inscritos de forma preventiva conforme a los artículos 91 a 94 de esta Ley.
III. Los fondos de inversión, así como las acciones representativas de su capital social. Fracción adicionada DOF 10-01-2014
Asimismo, el Registro contendrá información relativa a la oferta en el extranjero, de valores emitidos en los Estados Unidos Mexicanos o por personas morales mexicanas, directamente o a través de fideicomisos o figuras similares o equivalentes. Dicha información tendrá carácter estadístico y no constituirá un asiento o anotación registral. Párrafo reformado DOF 10-01-2014
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Es crucial para las emisoras asegurarse de que toda la informacion registrada sea precisa y actualizada, ya que esto afecta su reputacion y la confianza de los inversionistas.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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