LMV

Artículo 83. Tipos de Ofertas Publicas

Las ofertas publicas de valores pueden ser de suscripcion o enajenacion, y requieren autorizacion previa de la Comision. Esto regula el acceso al mercado.

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Texto Legal

Las ofertas públicas de valores podrán ser:

I. De suscripción o de enajenación.

II. De adquisición.

Las ofertas públicas de valores a que se refiere esta Ley requerirán de la previa autorización de la Comisión, salvo las que se realicen con valores objeto de inscripción simplificada. Párrafo reformado DOF 28-12-2023

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Las emisoras deben asegurarse de obtener la autorizacion necesaria antes de realizar ofertas publicas para evitar sanciones.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 83 del LMV?

Las ofertas publicas de valores pueden ser de suscripcion o enajenacion, y requieren autorizacion previa de la Comision. Esto regula el acceso al mercado.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 83 de la LEY del Mercado de Valores?

Las emisoras deben asegurarse de obtener la autorizacion necesaria antes de realizar ofertas publicas para evitar sanciones.

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