LSH

Artículo 13. Modificación de asignaciones

La Secretaría de Energía puede otorgar o modificar asignaciones exclusivamente a Petróleos Mexicanos, quien actúa como operador petrolero. Esto resalta el control estatal en la operación del sector.

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Texto Legal

La Secretaría de Energía puede otorgar o modificar las Asignaciones para Desarrollo Propio para realizar la Exploración y Extracción de Hidrocarburos exclusivamente a Petróleos Mexicanos quien debe fungir como Operador Petrolero.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Las modificaciones a las asignaciones pueden impactar significativamente las operaciones. Los contadores deben estar atentos a estos cambios para asesorar adecuadamente a sus clientes.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 13 del LSH?

La Secretaría de Energía puede otorgar o modificar asignaciones exclusivamente a Petróleos Mexicanos, quien actúa como operador petrolero. Esto resalta el control estatal en la operación del sector.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 13 de la LEY del Sector Hidrocarburos?

Las modificaciones a las asignaciones pueden impactar significativamente las operaciones. Los contadores deben estar atentos a estos cambios para asesorar adecuadamente a sus clientes.

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