Este artículo permite la coordinación entre la Secretaría de Energía, la Comisión Nacional de Energía y otras autoridades para supervisar las actividades reguladas. Se busca asegurar que estas se realicen en beneficio del interés público.
La Secretaría de Energía o la Comisión Nacional de Energía pueden coordinarse con Petróleos Mexicanos o cualquier autoridad del Gobierno Federal, así como realizar convenios de colaboración y coordinación con autoridades de los tres órdenes de gobierno para que, en el ámbito de su competencia, supervisen, vigilen y verifiquen que las actividades reguladas en esta Ley se realicen sin perjuicio del interés público y social.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
La colaboración interinstitucional puede facilitar la resolución de conflictos y mejorar la supervisión. Las empresas deben estar atentas a posibles cambios en la regulación que surjan de estas coordinaciones.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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