Este artículo define las conductas que constituyen irregularidades administrativas no graves para los Miembros del Servicio Exterior, incluyendo el incumplimiento de obligaciones. Es fundamental para el control interno.
Incurrirá en irregularidad administrativa no grave, quien en ejercicio de sus funciones como Miembro del Servicio Exterior, incumpla con alguna de las obligaciones previstas en el artículo 49
LEY DEL SERVICIO EXTERIOR MEXICANO CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Última Reforma DOF 19-04-2018 Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios
de la Ley General de Responsabilidades Administrativas, así como cuando realice actos u omisiones que constituyan cualquiera de las siguientes conductas: Párrafo reformado DOF 19-04-2018
I. Abandonar el empleo, entendiendo por éste la falta a las labores por más de tres días consecutivos sin causa justificada; Fracción reformada DOF 25-01-2002
II. Violar las obligaciones de los Miembros del Servicio Exterior establecidas en los artículos 41, párrafos primero, segundo y último, 43, 44 y 45 de la presente Ley; Fracción reformada DOF 19-04-2018
III. Se deroga. Fracción derogada DOF 19-04-2018
IV. Se deroga. Fracción derogada DOF 19-04-2018
V. Se deroga Fracción derogada DOF 25-01-2002
VI. Se deroga. Fracción derogada DOF 19-04-2018
VII. Se deroga. Fracción derogada DOF 19-04-2018
VIII. Incurrir en morosidad, descuido manifiesto o ineptitud comprobada en el desempeño de sus obligaciones oficiales;
IX. Hacer uso inadecuado o con fines de provecho personal de las franquicias, valijas, correos diplomáticos, recursos financieros y materiales, así como de las inmunidades y privilegios inherentes al cargo, siempre que la conducta del Miembro del Servicio Exterior involucrado no configure una falta administrativa grave; Fracción reformada DOF 19-04-2018
X. Expedir documentación consular o migratoria contraviniendo las normas aplicables; Fracción reformada DOF 25-01-2002, 19-04-2018
XI. Desobedecer las instrucciones de la Secretaría o del jefe superior; Fracción reformada DOF 25-01-2002
XII. Incurrir en incumplimiento habitual de los compromisos económicos en el extranjero; Fracción reformada DOF 19-04-2018
XIII. Se deroga. Fracción adicionada DOF 25-01-2002. Derogada DOF 19-04-2018
XIV. Se deroga. Fracción adicionada DOF 25-01-2002. Derogada DOF 19-04-2018
XV. Incurrir en faltas de probidad u honradez, actos de violencia, amenazas, injurias, hostigamiento o acoso sexual y acoso laboral, de conformidad con lo establecido en la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia y demás disposiciones aplicables, y Fracción adicionada DOF 19-04-2018
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XVI. No presentar las declaraciones a las que se refiere el artículo 41, párrafo cuarto de esta Ley. Fracción adicionada DOF 19-04-2018
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Conocer las irregularidades puede ayudar a los Miembros a evitar situaciones que comprometan su desempeño y a actuar de manera ética en sus funciones.
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