No se requerirá autorización para la instalación de estaciones terrenas receptoras, salvo en bandas específicas. Esto simplifica el proceso para ciertos operadores.
No se requerirá autorización de la Comisión para la instalación y operación de estaciones terrenas receptoras, con excepción de aquellas bandas de frecuencias en las que la Comisión determine que se requiere autorización o registro.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Los operadores deben verificar las bandas de frecuencia que requieren autorización para evitar problemas legales. La claridad en la normativa es esencial para la operación.
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