La información del Registro Público de Concesiones será de consulta pública, promoviendo la transparencia. La Comisión facilitará el acceso a esta información a través de su página web.
La Comisión inscribirá la información a que se refiere la presente Ley sin costo alguno para los concesionarios ni para los autorizados; y dará acceso a la información inscrita en el Registro Público de Concesiones, mediante su publicación en la página de Internet, sin necesidad de clave de acceso o contraseña y contará con un sistema de búsqueda que facilite la navegación y la consulta de la información. La información contenida en el Registro Público de Concesiones es de consulta pública, salvo aquella que por sus características se considere de carácter confidencial o reservada, en términos de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública y demás disposiciones aplicables. El Registro es un instrumento con el que la Comisión promoverá la transparencia y el acceso a la información: por tal razón la Comisión promoverá, permanentemente, la inclusión de nuevos actos materia de registro, así como la mayor publicidad y acceso a la información en él registrada, bajo principios de gobierno digital y datos abiertos. La inscripción en el Registro tendrá efectos declarativos y los actos en él inscritos no constituirán ni otorgarán por ese solo hecho derechos a favor de persona alguna.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
La transparencia en el acceso a la información del registro es clave para fomentar la competencia en el sector. Los concesionarios deben estar atentos a las actualizaciones.
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