La información sobre sitios públicos incluirá datos para geo-localizar inmuebles y su conectividad a Internet. Esto es clave para mejorar el acceso a servicios.
La información relativa a sitios públicos contendrá todos los datos que permitan determinar y geo- localizar el tipo y ubicación de todos los inmuebles y espacios públicos bajo el control de las dependencias y entidades de la administración pública de los distintos órdenes de gobierno, los órganos autónomos y, en general, todos los organismos e instituciones públicas. Asimismo, el registro deberá, para cada sitio, señalar si cuenta con
LEY EN MATERIA DE TELECOMUNICACIONES Y RADIODIFUSIÓN CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Nueva Ley DOF 16-07-2025 Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios
conectividad a Internet y, en caso afirmativo, si ésta es accesible al público en general y el ancho de banda con el que se encuentra conectado.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
La recopilación de información sobre sitios públicos es fundamental para identificar áreas con falta de conectividad y planificar mejoras en la infraestructura.
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Art. 180. Provisión de información de sitios
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