Este artículo detalla las funciones y responsabilidades de la Persona Comisionada Presidenta, incluyendo la dirección y administración de la Comisión. También se menciona su papel en la representación ante organismos externos.
Corresponde a la persona Comisionada Presidenta: I. Dirigir y administrar los recursos humanos, financieros y materiales de la Comisión, en los términos que determine el Reglamento Interior; II. Dirigir, coordinar, evaluar y supervisar las distintas unidades administrativas de la Comisión; III. Participar en representación de la Comisión en foros, reuniones, negociaciones, eventos, convenciones y congresos que se lleven a cabo con organismos nacionales, internacionales y gobiernos extranjeros, cuando se refieran a temas en el ámbito de competencia de la Comisión, de conformidad con lo establecido en esta Ley o designar representantes para tales efectos; IV. Convocar y conducir las sesiones del Pleno con el auxilio de la persona Secretaria Técnica del Pleno, así como presentar para su aprobación los lineamientos para su operación y funcionamiento; V. Coordinar u ordenar la ejecución de los acuerdos y resoluciones adoptados por el Pleno; VI. Nombrar y remover al personal de la Comisión; VII. Someter a consideración del Pleno los asunto competencia, y VIII. Las demás que le confieran esta Ley, el Reglamento de la Comisión y demás disposiciones aplicables. Sección V De las Personas Comisionadas
Interpretación práctica por el equipo de SDV
La claridad en las funciones de la presidenta es vital para la operatividad de la Comisión. Los comisionados deben colaborar estrechamente para cumplir con los objetivos establecidos.
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