LMTR

Artículo 240. Restricciones en Publicidad Infantil

La publicidad dirigida a niños tiene restricciones estrictas para proteger su bienestar y evitar conductas perjudiciales. Esto incluye prohibiciones sobre conductas ilegales y mensajes subliminales.

publicidad infantilrestriccionesbienestar

Texto Legal

En la publicidad destinada al público infantil no se permitirá: I. Promover o mostrar conductas ilegales, violentas o que pongan en riesgo su vida o integridad física, ya sea mediante personajes reales o animados; II. Mostrar o promover conductas o productos que atenten contra su salud física o emocional; III. Presentar a niñas, niños o adolescentes como objeto sexual; IV. Utilizar su inexperiencia o inmadurez para persuadirlos de los beneficios de un producto o servicio. No se permitirá exagerar las propiedades o cualidades de un producto o servicio ni generar falsas expectativas de los beneficios de los mismos; V. Incitar directamente a que compren o pidan la compra o contratación de un producto o servicio; VI. Mostrar conductas que promuevan la desigualdad entre hombres y mujeres o cualquier otra forma de discriminación; VII. Presentar, promover o incitar conductas de acoso e intimidación escolar que puedan generar abuso sexual o de cualquier tipo, lesiones, robo, entre otras, y VIII. Contener mensajes subliminales o subrepticios. Sección III De la Producción Nacional y la Producción Nacional Independiente

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Los concesionarios deben implementar políticas rigurosas para revisar la publicidad dirigida a niños, asegurando que cumpla con las regulaciones y proteja a este público vulnerable.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 240 del LMTR?

La publicidad dirigida a niños tiene restricciones estrictas para proteger su bienestar y evitar conductas perjudiciales. Esto incluye prohibiciones sobre conductas ilegales y mensajes subliminales.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 240 de la LEY en Materia de Telecomunicaciones y Radiodif...?

Los concesionarios deben implementar políticas rigurosas para revisar la publicidad dirigida a niños, asegurando que cumpla con las regulaciones y proteja a este público vulnerable.

¿Necesitas asesoría sobre el Art. 240 del LMTR?

Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.

Consulta Sin Costo
SDV

SDV

Consulta el Art. 240 LMTR desde tu celular