El salario fijado no podrá disminuir durante la vigencia del Presupuesto de Egresos. Además, se establece una prima por cada cinco años de servicio efectivo.
La cuantía del salario uniforme fijado en los términos del artículo anterior no podrá ser disminuida durante la vigencia del Presupuesto de Egresos a que corresponda.
Por cada cinco años de servicios efectivos prestados hasta llegar a veinticinco, los trabajadores tendrán derecho al pago de una prima como complemento del salario. En los Presupuestos de Egresos correspondientes, se fijará oportunamente el monto o proporción de dicha prima. Párrafo reformado DOF 31-12-1979
Interpretación práctica por el equipo de SDV
La estabilidad del salario es fundamental para la seguridad económica de los trabajadores. Los empleadores deben planificar sus presupuestos considerando estas obligaciones.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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