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LEY Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, Reglamentaria del Apartado B) del Artículo 123 Constitucional

La Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, Reglamentaria del Apartado B) del Articulo 123 Constitucional, regula las relaciones laborales entre el Estado y sus trabajadores, estableciendo derechos y obligaciones para ambas partes. Esta ley aplica a todos los trabajadores al servicio del Estado, incluyendo a aquellos que laboran en dependencias y entidades de la administracion publica federal. Entre los temas principales que cubre se encuentran las disposiciones generales, la jornada laboral, el salario, el escalafon, la organizacion sindical, las condiciones de trabajo y los procedimientos para la resolucion de conflictos laborales. Su importancia practica radica en que proporciona un marco legal claro y estructurado que facilita a abogados, contadores y ciudadanos entender y ejercer sus derechos laborales, promoviendo un ambiente de trabajo justo y equitativo en el sector publico.

Publicado: 28 de diciembre de 1963|Última reforma: 15 de enero de 2026| PDF oficial

Estructura

177 artículos totales · 81 artículos clave analizados

Artículos (177)

Art.
1

Artículo 1. Ámbito de aplicación de la ley

Esta ley es de observancia general para los trabajadores de diversas dependencias del Gobierno Federal y organismos descentralizados. Establece las bases para la relación laboral en el sector público mexicano.

trabajadores del estadodependenciasrelacion laboral
Art.
2

Artículo 2. Relación jurídica de trabajo

Define la relación laboral entre los titulares de las dependencias e instituciones y los trabajadores de base. Esto establece un marco claro para la gestión de recursos humanos en el sector público.

relacion laboraltrabajadores de basetitulares
Art.
3

Artículo 3. Tribunal Federal de Conciliación

Establece que el Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje continuará conociendo de los asuntos pendientes. Esto asegura la continuidad en la resolución de conflictos laborales.

tribunalconciliacionarbitraje
Art.
4

Artículo 4. Comisión Substanciadora

Se establece la creación de una Comisión Substanciadora que expedirá su Reglamento Interior. Esta comisión es clave para el manejo de conflictos laborales en el Poder Judicial.

comisionreglamentopoder judicial
Art.
5

Artículo 5. Trabajadores de confianza

Define quiénes son considerados trabajadores de confianza en el sector público, incluyendo altos funcionarios y personal con funciones específicas. Esto tiene implicaciones en la contratación y derechos laborales.

trabajadores de confianzafuncionarioscontratacion
Art.
6

Artículo 6. Ratificación de Directores

Establece el procedimiento para la ratificación de Directores y Subdirectores en clínicas. Esto asegura que los cargos clave en el sector salud cuenten con la aprobación necesaria.

ratificaciondirectoressalud
Art.
7

Artículo 7. Registro de Sindicatos

El registro de sindicatos ante el Tribunal de Arbitraje se prorrogará en el Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje. Esto garantiza la continuidad de los derechos sindicales.

sindicatosregistroderechos laborales
Art.
8

Artículo 8. Exclusiones de la ley

Detalla las excepciones a la aplicación de esta ley, incluyendo a trabajadores de confianza y personal militar. Esto es importante para entender quiénes no están cubiertos por esta legislación.

exclusionestrabajadores de confianzamilitares
Art.
9

Artículo 9. Nacionalidad de trabajadores

Establece que los trabajadores de base deben ser mexicanos, salvo excepciones. Esto tiene implicaciones en la contratación y en la política laboral del país.

nacionalidadtrabajadores de basecontratacion
Art.
10

Artículo 10. Prohibición de subcontratación

Se prohíbe la subcontratación de personal, permitiendo solo servicios especializados bajo ciertas condiciones. Esto regula la contratación en el sector público.

subcontratacionservicios especializadoscontratacion
Art.
10 Bis

Artículo 10 Bis. Prohibicion de subcontratacion

Este articulo establece la prohibicion de la subcontratacion de personal en las dependencias e instituciones del Estado, permitiendo solo la subcontratacion de servicios especializados. Los contratistas deben estar registrados en el padrón público correspondiente.

subcontratacionservicios especializadosregistro
Art.
11

Artículo 11. Aplicación supletoria

En ausencia de disposiciones específicas, se aplicarán supletoriamente otras leyes laborales. Esto proporciona un marco legal adicional para la resolución de conflictos.

aplicacion supletorialeyes laboralesresolucion de conflictos
Art.
12

Artículo 12. Nombramiento de trabajadores

Los trabajadores deben prestar servicios mediante nombramiento o estar en listas de raya. Esto establece la formalidad en la contratación de personal.

nombramientotrabajadoresformalidad
Art.
13

Artículo 13. Capacidad legal de menores

Los menores de edad mayores de 16 años pueden prestar servicios y ejercer derechos laborales. Esto abre oportunidades para la inclusión laboral de jóvenes.

menorescapacidad legalinclusion laboral
Art.
14

Artículo 14. Condiciones nulas

Establece que ciertas condiciones laborales son nulas y no obligan a los trabajadores. Esto protege a los trabajadores de prácticas abusivas.

condiciones nulasderechos laboralesproteccion
Art.
15

Artículo 15. Contenido del nombramiento

El nombramiento de un trabajador debe incluir información clave como nombre, nacionalidad, edad, y detalles sobre el carácter y duración del nombramiento. Además, se especificarán el sueldo y el lugar de trabajo.

nombramientotrabajadorsueldo
Art.
16

Artículo 16. Traslados de trabajadores

Los traslados de trabajadores deben ser comunicados con antelación y justificados por la dependencia correspondiente. Además, se establecen derechos sobre los gastos de traslado, especialmente en casos de traslados prolongados.

trasladogastosderechos laborales
Art.
17

Artículo 17. Exención de impuestos

Las actuaciones o certificaciones relacionadas con la aplicación de esta ley no generarán impuestos. Esto facilita el cumplimiento de las obligaciones laborales sin cargas fiscales adicionales.

impuestoscertificacionesobligaciones laborales
Art.
18

Artículo 18. Obligaciones del nombramiento

El nombramiento aceptado implica el cumplimiento de los deberes inherentes y las consecuencias legales. Los trabajadores deben ser conscientes de sus responsabilidades desde el inicio.

obligacionesnombramientodeberes laborales
Art.
19

Artículo 19. Protección de derechos laborales

Los cambios de funcionarios no deben afectar los derechos de los trabajadores. Esta disposición protege la estabilidad laboral ante cambios administrativos.

derechos laboralesfuncionariosestabilidad laboral
Art.
20

Artículo 20. Clasificación de trabajadores

Los trabajadores se clasificarán según el Catálogo General de Puestos, lo que asegura una organización adecuada y clara en las dependencias. La participación de sindicatos es clave en este proceso.

clasificacióncatálogo de puestossindicatos
Art.
21

Artículo 21. Definición de jornada laboral

Se define el trabajo diurno y nocturno, estableciendo horarios claros para la jornada laboral. Esto ayuda a regular el tiempo de trabajo y los derechos de los trabajadores.

jornada laboraldiurnonocturno
Art.
22

Artículo 22. Duración de jornada diurna

La jornada máxima diurna de trabajo se establece en ocho horas. Esto garantiza un equilibrio entre la vida laboral y personal de los trabajadores.

jornada diurnahoras de trabajoequilibrio laboral
Art.
23

Artículo 23. Duración de jornada nocturna

La jornada máxima de trabajo nocturno se limita a siete horas, protegiendo la salud y bienestar de los trabajadores que laboran en horarios nocturnos.

jornada nocturnahoras de trabajosalud laboral
Art.
24

Artículo 24. Jornada mixta

La jornada mixta se define como aquella que combina períodos diurnos y nocturnos, con una duración máxima de siete horas y media. Esto permite flexibilidad en la organización del trabajo.

jornada mixtahoras de trabajoflexibilidad laboral
Art.
25

Artículo 25. Reducción de jornada

La duración máxima de la jornada puede reducirse si la naturaleza del trabajo lo exige, priorizando la salud del trabajador. Esto permite adaptaciones según las necesidades del puesto.

reducción de jornadasalud laboraladaptaciones
Art.
26

Artículo 26. Trabajo extraordinario

El trabajo extraordinario no podrá exceder de tres horas diarias y tres veces consecutivas, garantizando el descanso adecuado para los trabajadores. Esto protege su salud y bienestar.

trabajo extraordinariohoras extrasalud laboral
Art.
27

Artículo 27. Días de descanso

Los trabajadores tienen derecho a un día de descanso por cada seis días laborados, con goce de salario íntegro. Esto es esencial para el bienestar y la salud mental de los empleados.

descansosalariobienestar laboral
Art.
28

Artículo 28. Descanso por maternidad

Las mujeres tienen derecho a un mes de descanso antes del parto y dos meses después, además de permisos para lactancia. Esto apoya la salud materna y el bienestar infantil.

maternidaddescansolactancia
Art.
29

Artículo 29. Días de descanso obligatorio

Se establecen días de descanso obligatorio según el calendario oficial y las leyes electorales. Esto asegura que los trabajadores puedan participar en procesos democráticos.

descanso obligatoriocalendarioelecciones
Art.
30

Artículo 30. Vacaciones de trabajadores

Los trabajadores con más de seis meses de servicio tienen derecho a dos períodos anuales de vacaciones de diez días cada uno. Si no pueden disfrutar de ellas por necesidades del servicio, podrán hacerlo en los diez días siguientes a la causa que impidió su descanso.

vacacionesderechos laboralestrabajadores
Art.
31

Artículo 31. Actividades cívicas y deportivas

Los trabajadores deben participar en actividades cívicas y deportivas compatibles con sus aptitudes y salud, según lo disponga el titular de la dependencia. Esto fomenta la integración y el bienestar en el trabajo.

actividades cívicasdeportetrabajadores
Art.
32

Artículo 32. Sueldo y tabuladores

El sueldo asignado en los tabuladores regionales es el total que se debe pagar al trabajador, sin perjuicio de otras prestaciones. Se establece la igualdad salarial sin distinción de género.

sueldotabuladoresigualdad salarial
Art.
33

Artículo 33. Salario uniforme

El salario será uniforme para cada puesto según el catálogo general de puestos del Gobierno Federal y se fijará en los tabuladores regionales. Esto garantiza transparencia en las remuneraciones.

salario uniformetabuladorestransparencia
Art.
34

Artículo 34. Estabilidad del salario

El salario fijado no podrá disminuir durante la vigencia del Presupuesto de Egresos. Además, se establece una prima por cada cinco años de servicio efectivo.

estabilidad salarialprimaservicios
Art.
35

Artículo 35. Tabuladores regionales

Se establecerán tabuladores regionales considerando el costo de vida en diferentes zonas del país. La Comisión Intersecretarial del Servicio Civil será responsable de su revisión y actualización.

tabuladores regionalescosto de vidacomision intersecretarial
Art.
36

Artículo 36. Artículo derogado

Este artículo ha sido derogado y ya no tiene validez legal. Es importante estar al tanto de las reformas y derogaciones en la ley.

derogaciónleyactualización legal
Art.
37

Artículo 37. Forma de pago

Los pagos a los trabajadores se realizarán en el lugar donde presten sus servicios y en moneda de curso legal o cheques. Esto asegura la transparencia en las transacciones.

forma de pagotransaccionestrabajadores
Art.
38

Artículo 38. Deducciones al salario

Las deducciones al salario solo podrán hacerse en casos específicos, como deudas con el Estado o cuotas sindicales, y no podrán exceder del 30% del salario total.

deduccionessalariodeudas
Art.
39

Artículo 39. Horas extraordinarias

Las horas extraordinarias se pagarán con un 100% adicional al salario ordinario. Esto busca compensar el esfuerzo extra de los trabajadores.

horas extraordinariaspago adicionaltrabajadores
Art.
40

Artículo 40. Salario en días de descanso

Los trabajadores recibirán salario íntegro en días de descanso obligatorio y vacaciones. Además, se establece un pago adicional por trabajar los domingos.

salariodescansovacaciones
Art.
41

Artículo 41. Embargo de salario

El salario no puede ser embargado judicial o administrativamente, salvo lo dispuesto en el artículo 38. Esto protege los ingresos de los trabajadores.

embargosalarioprotección
Art.
42

Artículo 42. Cesión de salarios

Es nula la cesión de salarios a favor de terceros, lo que protege los derechos de los trabajadores sobre su remuneración.

cesiónsalariosderechos laborales
Art.
42 Bis

Artículo 42 Bis. Aguinaldo anual

Los trabajadores tienen derecho a un aguinaldo anual equivalente a 40 días de salario, pagado en dos partes. Esto es un beneficio importante para la economía familiar.

aguinaldobeneficiostrabajadores
Art.
43

Artículo 43. Obligaciones de los titulares

Los titulares tienen diversas obligaciones, como preferir a trabajadores sindicalizados y garantizar condiciones de higiene y seguridad. Esto fomenta un ambiente laboral justo y seguro.

obligacionestitularestrabajadores
Art.
44

Artículo 44. Obligaciones de los trabajadores

El articulo 44 establece las obligaciones fundamentales que deben cumplir los trabajadores al servicio del Estado, incluyendo el desempeño adecuado de sus labores y la observancia de buenas costumbres. También se menciona la importancia de la puntualidad y la reserva de información confidencial.

obligacionestrabajadoresbuenas costumbres
Art.
45

Artículo 45. Suspensión temporal de nombramientos

El articulo 45 detalla las causas y condiciones bajo las cuales un trabajador puede ser suspendido temporalmente sin que esto implique su cese definitivo. Se mencionan situaciones como enfermedades o prisión preventiva que pueden llevar a esta suspensión.

suspensionnombramientocausas
Art.
46

Artículo 46. Causas de cese de trabajadores

Este articulo especifica las justas causas por las cuales un trabajador puede ser cesado, incluyendo renuncia, abandono de empleo y faltas graves. Se establece un marco claro para la terminación de la relación laboral sin responsabilidad para el empleador.

cesejusta causatrabajadores
Art.
46 Bis

Artículo 46 Bis. Acta administrativa en despidos

Este articulo detalla el procedimiento para levantar un acta administrativa cuando un trabajador incurre en causales de despido. Se requiere la presencia del trabajador, un representante sindical y testigos.

acta administrativadespidosindicato
Art.
47

Artículo 47. Definición de escalafón

El articulo 47 define el escalafón como un sistema organizado para promover ascensos y permutas entre los trabajadores en cada dependencia. Este sistema busca garantizar la transparencia y equidad en los procesos de promoción.

escalafonpromocionestrabajadores
Art.
48

Artículo 48. Derecho a participar en ascensos

El articulo 48 establece que todos los trabajadores de base con al menos seis meses en su puesto tienen derecho a participar en concursos de ascenso. Esto promueve la igualdad de oportunidades dentro de la administración pública.

ascensosderechostrabajadores
Art.
49

Artículo 49. Reglamento de escalafón

Este articulo menciona que cada dependencia debe expedir un reglamento de escalafón en conjunto con el sindicato, asegurando que las promociones se realicen de acuerdo a criterios claros y consensuados.

reglamentoescalafonsindicato
Art.
50

Artículo 50. Factores escalafonarios

El articulo 50 enumera los factores que se consideran para las promociones en el escalafón, tales como conocimientos, aptitud, antigüedad y disciplina. Estos criterios son fundamentales para evaluar a los trabajadores en procesos de ascenso.

factoresescalafonpromociones
Art.
51

Artículo 51. Otorgamiento de vacantes

El articulo 51 establece que las vacantes deben ser otorgadas a los trabajadores de la categoría inmediata inferior que tengan mejores derechos en la calificación de factores escalafonarios, priorizando a quienes son la única fuente de ingresos de su familia.

vacantesprioridadtrabajadores
Art.
52

Artículo 52. Calificación de factores escalafonarios

El articulo 52 menciona que los factores escalafonarios se calificarán mediante tabuladores o sistemas de evaluación establecidos en los reglamentos, asegurando un proceso justo y transparente.

calificacionescalafonevaluacion
Art.
53

Artículo 53. Clasificación del personal

El articulo 53 establece que el personal de cada dependencia será clasificado según sus categorías, lo que facilita la gestión de recursos humanos y la aplicación de políticas laborales.

clasificacionpersonaldependencias
Art.
54

Artículo 54. Comisión Mixta de Escalafón

El articulo 54 establece la creación de una Comisión Mixta de Escalafón en cada dependencia, compuesta por representantes del titular y del sindicato, para decidir sobre los casos de promoción y vacantes.

comisionescalafonsindicato
Art.
55

Artículo 55. Provisión de medios para Comisiones

El articulo 55 establece que los titulares de las dependencias deben proporcionar los recursos necesarios a las Comisiones Mixtas de Escalafón para su funcionamiento eficaz, asegurando que puedan cumplir con sus funciones.

recursoscomisionesfuncionamiento
Art.
56

Artículo 56. Reglamentos y derechos de Comisiones

Este articulo menciona que las facultades y derechos de las Comisiones Mixtas de Escalafón se definirán en reglamentos y convenios, siempre respetando las disposiciones de la ley.

facultadesreglamentoscomisiones
Art.
57

Artículo 57. Aviso de vacantes

El articulo 57 establece que los titulares de las dependencias deben informar a las Comisiones Mixtas de Escalafón sobre las vacantes en un plazo de diez días, asegurando una respuesta oportuna a las necesidades de personal.

vacantesavisocomisiones
Art.
58

Artículo 58. Convocatoria a concursos de vacantes

Las Comisiones Mixtas de Escalafón deben convocar a un concurso cuando haya vacantes, dirigiéndose a trabajadores de la categoría inmediata inferior. Las convocatorias se publicarán en lugares visibles de los centros de trabajo.

concursosvacantesescalafon
Art.
59

Artículo 59. Requisitos para participar en concursos

Las convocatorias de concursos deben especificar los requisitos y plazos para que los trabajadores puedan participar. Esto asegura que todos los interesados tengan la información necesaria para aplicar.

convocatoriasrequisitosconcursos
Art.
60

Artículo 60. Verificación y calificación en concursos

Las Comisiones Mixtas de Escalafón son responsables de verificar las pruebas y calificar a los concursantes basándose en documentos y constancias. Este proceso debe seguir los reglamentos establecidos.

verificacioncalificacionconcursos
Art.
61

Artículo 61. Otorgamiento de vacantes

La vacante se otorgará al trabajador que obtenga la mejor calificación en el concurso, siempre que haya sido aprobado conforme al reglamento. Esto garantiza un proceso justo y meritocrático.

vacantescalificacionesconcursos
Art.
62

Artículo 62. Cobertura de plazas de nueva creación

Las plazas de nueva creación se cubrirán en un 50% libremente por los Titulares y el otro 50% por candidatos propuestos por el Sindicato, tras un estudio y opinión del mismo.

plazasnueva creacionsindicato
Art.
63

Artículo 63. Vacantes temporales menores a seis meses

Las vacantes temporales que no excedan de seis meses no afectarán el escalafón, permitiendo al titular nombrar libremente al empleado interino. Esto proporciona flexibilidad en la gestión de personal.

vacantes temporalesescalafonnombramientos
Art.
64

Artículo 64. Vacantes temporales mayores a seis meses

Las vacantes temporales mayores de seis meses se ocuparán por riguroso escalafón, asegurando que los trabajadores ascendidos sean nombrados como provisionales. Esto protege los derechos de los trabajadores.

vacantes temporalesescalafonprovisionales
Art.
65

Artículo 65. Definición de vacantes temporales

Se define que las vacantes temporales mayores de seis meses son aquellas originadas por licencias otorgadas a trabajadores de base. Esto establece un marco claro para la gestión de personal.

vacantes temporaleslicenciasdefiniciones
Art.
66

Artículo 66. Procedimiento para permutas e inconformidades

El procedimiento para resolver permutas de empleos e inconformidades de trabajadores se regirá por los reglamentos. Esto asegura un manejo ordenado de estas situaciones.

permutasinconformidadesreglamentos
Art.
67

Artículo 67. Definición de sindicatos

Los sindicatos son asociaciones de trabajadores en una misma dependencia, creadas para el estudio y defensa de sus intereses comunes. Esto establece un marco para la organización laboral.

sindicatosorganizaciondefensa
Art.
68

Artículo 68. Artículo derogado

Este artículo ha sido derogado, lo que implica que ya no tiene validez legal. Es importante estar al tanto de las reformas para entender el marco legal vigente.

derogacionreformasmarco legal
Art.
69

Artículo 69. Derecho a formar sindicatos

Todos los trabajadores tienen derecho a formar parte de un sindicato y a constituirlos sin autorización previa. Este derecho es fundamental para la libertad sindical.

derechos laboralessindicatoslibertad sindical
Art.
69 Bis

Artículo 69 Bis. Protección de sindicatos

Los sindicatos deben gozar de protección contra injerencias de servidores públicos en su funcionamiento y elecciones. Cualquier violación será considerada falta administrativa grave.

proteccioninjerenciassindicatos
Art.
70

Artículo 70. Trabajadores de confianza y sindicatos

Los trabajadores de confianza no pueden formar parte de los sindicatos, y sus derechos sindicales quedan en suspenso si ocupan un puesto de confianza. Esto limita la representación de ciertos trabajadores.

trabajadores de confianzasindicatosderechos sindicales
Art.
71

Artículo 71. Requisitos para constituir un sindicato

Para constituir un sindicato se requiere la participación de al menos veinte trabajadores de una misma dependencia. Este requisito establece un umbral mínimo para la organización sindical.

constitucionsindicatosrequisitos
Art.
72

Artículo 72. Registro de sindicatos

Los sindicatos deben ser registrados ante el Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje, presentando documentos específicos como el acta constitutiva y los estatutos. El tribunal verificará la existencia de otras asociaciones y la mayoría de trabajadores para proceder con el registro.

sindicatosregistrotribunal
Art.
73

Artículo 73. Cancelación de registro sindical

El registro de un sindicato se cancelará si se disuelve, y la solicitud puede ser presentada por cualquier persona interesada o por el Tribunal. Este artículo establece las condiciones bajo las cuales un sindicato puede dejar de existir legalmente.

cancelacionsindicatostribunal
Art.
74

Artículo 74. Expulsión de miembros

Los trabajadores expulsados de un sindicato perderán todos los derechos sindicales. La expulsión debe ser aprobada por la mayoría de los miembros o dos terceras partes en congresos, asegurando un proceso justo.

expulsionderechossindicatos
Art.
75

Artículo 75. Prohibición de reelección

Se prohíbe la reelección dentro de los sindicatos, lo que busca promover la renovación y evitar la perpetuación de líderes. Esta norma es clave para la democracia interna de las organizaciones sindicales.

reeleccionsindicatosliderazgo
Art.
76

Artículo 76. Cláusula de exclusión

El Estado no podrá aceptar cláusulas de exclusión en los sindicatos, garantizando así la inclusión de todos los trabajadores. Esta disposición es esencial para promover la igualdad y la no discriminación en el ámbito laboral.

exclusionsindicatosigualdad
Art.
77

Artículo 77. Obligaciones de los sindicatos

Los sindicatos tienen varias obligaciones, incluyendo proporcionar informes al Tribunal y representar a sus miembros. Estas responsabilidades son fundamentales para el funcionamiento adecuado de las organizaciones sindicales.

obligacionessindicatostribunal
Art.
78

Artículo 78. Adhesión a federaciones

Los sindicatos pueden adherirse a federaciones de trabajadores según sus normas internas. Esta posibilidad fortalece la unión y colaboración entre diferentes sindicatos.

adhesionfederacionessindicatos
Art.
79

Artículo 79. Prohibiciones para sindicatos

Se prohíbe a los sindicatos realizar propaganda religiosa, ejercer comercio con fines de lucro, usar violencia y fomentar actos delictuosos. Estas restricciones buscan mantener la integridad y el propósito de los sindicatos.

prohibicionessindicatosviolencia
Art.
80

Artículo 80. Responsabilidad de la directiva

La directiva del sindicato es responsable ante el mismo y ante terceros, similar a los mandatarios en el derecho común. Esto establece un marco de responsabilidad clara para los líderes sindicales.

responsabilidaddirectivasindicatos
Art.
81

Artículo 81. Obligaciones civiles de los sindicatos

Los actos realizados por las directivas de los sindicatos obligan civilmente a estos, siempre que actúen dentro de sus facultades. Esto asegura la responsabilidad legal de las decisiones tomadas por los líderes sindicales.

obligacionessindicatosdirectiva
Art.
82

Artículo 82. Causas de disolución de sindicatos

Los sindicatos se disolverán por voto de dos terceras partes de sus miembros o por no cumplir los requisitos del Artículo 71. Esto establece un proceso claro para la disolución de sindicatos.

disolucionsindicatosvoto
Art.
83

Artículo 83. Violaciones y sanciones

En caso de violaciones a lo dispuesto en el Artículo 79, el Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje podrá cancelar el registro de la directiva o del sindicato. Esto resalta la importancia de cumplir con las normativas establecidas.

violacionessancionestribunal
Art.
84

Artículo 84. Reglamento de federaciones

Las Federaciones de Sindicatos se regirán por sus estatutos y por las disposiciones de esta Ley. Esto asegura que las federaciones operen dentro del marco legal establecido.

federacionessindicatosestatutos
Art.
85

Artículo 85. Conflictos entre federaciones y sindicatos

Todos los conflictos que surjan entre federaciones y sindicatos serán resueltos por el Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje. Esto establece un mecanismo claro para la resolución de disputas.

conflictosfederacionessindicatos
Art.
86

Artículo 86. Financiamiento de sindicatos

Las remuneraciones y gastos de los sindicatos serán cubiertos por su presupuesto, financiado por los miembros. Esto establece la responsabilidad financiera de los sindicatos.

financiamientosindicatospresupuesto
Art.
87

Artículo 87. Condiciones Generales de Trabajo

Las Condiciones Generales de Trabajo son establecidas por el Titular de la Dependencia, considerando la opinión del Sindicato. Estas condiciones se revisan cada tres años, lo que permite actualizarlas según las necesidades laborales.

condiciones de trabajosindicatosrevisión laboral
Art.
88

Artículo 88. Elementos de las Condiciones de Trabajo

Las condiciones generales de trabajo deben incluir aspectos como la intensidad del trabajo, medidas de prevención de riesgos, y disposiciones disciplinarias. También se consideran las condiciones para exámenes médicos y la protección de trabajadores vulnerables.

seguridad laboralexámenes médicosdisposiciones disciplinarias
Art.
89

Artículo 89. Impugnación de Condiciones de Trabajo

Los sindicatos pueden impugnar las condiciones generales de trabajo ante el Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje. Este tribunal tiene la autoridad para resolver las objeciones planteadas por los sindicatos.

impugnaciónsindicatostribunales laborales
Art.
90

Artículo 90. Efectos de las Condiciones de Trabajo

Las condiciones generales de trabajo entran en vigor a partir de su depósito en el Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje. Esto asegura que las condiciones sean oficialmente reconocidas y aplicables.

efectos legalesdepósitotribunales laborales
Art.
91

Artículo 91. Autorización de Condiciones de Trabajo

Las condiciones generales de trabajo deben ser autorizadas por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público si incluyen prestaciones económicas. Sin esta autorización, no se puede exigir su cumplimiento.

autorizaciónprestaciones económicassecretaría de hacienda
Art.
92

Artículo 92. Definición de Huelga

La huelga se define como la suspensión temporal del trabajo por parte de los trabajadores, organizada de acuerdo con lo que establece la ley. Es un derecho fundamental de los trabajadores.

huelgaderechos laboralessuspensión de trabajo
Art.
93

Artículo 93. Declaración de Huelga

La declaración de huelga es la manifestación de la voluntad de la mayoría de los trabajadores para suspender labores, cumpliendo con los requisitos legales. Esto es crucial para la legitimidad de la huelga.

declaración de huelgamayoría de trabajadoreslegitimidad
Art.
94

Artículo 94. Derecho de Huelga

Los trabajadores pueden ejercer el derecho de huelga cuando se violan sistemáticamente sus derechos. Esto incluye la posibilidad de huelga en varias dependencias de los Poderes Públicos.

derecho de huelgaviolaciones de derechospoderes públicos
Art.
95

Artículo 95. Efectos de la Huelga

La huelga suspende los efectos de los nombramientos de los trabajadores durante su duración, pero no extingue los efectos del nombramiento. Esto implica que los derechos laborales se mantienen.

efectos de la huelganombramientosderechos laborales
Art.
96

Artículo 96. Limitaciones de la Huelga

La huelga debe limitarse a la suspensión del trabajo, sin involucrar otros actos que puedan ser considerados ilegales. Esto es crucial para mantener la legalidad del movimiento.

limitacionessuspensión de trabajolegalidad
Art.
97

Artículo 97. Consecuencias de la Violencia en Huelgas

Los actos de violencia durante la huelga pueden resultar en la pérdida de calidad de trabajador para los responsables, así como sanciones penales. Esto subraya la importancia de mantener la paz durante el movimiento.

violenciasancionescalidad de trabajador
Art.
98

Artículo 98. Huelga de Trabajadores en el Extranjero

Los trabajadores en el extranjero deben hacer valer sus derechos a través de organismos nacionales y no pueden realizar huelgas fuera del país. Esto limita sus acciones en el ámbito internacional.

trabajadores en el extranjeroderechos laboralesorganismos nacionales
Art.
99

Artículo 99. Requisitos para Declarar Huelga

Para declarar una huelga, se requiere que se cumplan ciertos requisitos, incluyendo la aprobación de dos terceras partes de los trabajadores. Esto asegura que la huelga tenga un respaldo significativo.

requisitos de huelgaaprobaciónmayoría
Art.
100

Artículo 100. Pliego de Peticiones para Huelga

Antes de suspender labores, los trabajadores deben presentar un pliego de peticiones al Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje. Este procedimiento es esencial para formalizar la huelga.

pliego de peticionestribunalformalización
Art.
101

Artículo 101. Decisión del Tribunal sobre Huelga

El Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje decide si la huelga es legal o ilegal en un plazo de 72 horas. Si es legal, se procede a la conciliación obligatoria entre las partes.

decisión del tribunalhuelga legalconciliación
Art.
102

Artículo 102. Declaracion de huelga legal

El Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje puede declarar una huelga legal. Si no se llega a un acuerdo en diez días, los trabajadores pueden suspender labores.

huelgatrabajadorestribunal
Art.
103

Artículo 103. Suspension de labores antes de plazo

Si se suspende labores antes del plazo de diez días, el Tribunal declarará que no existe estado de huelga. Los trabajadores tendrán 24 horas para reanudar labores o enfrentarán el cese.

suspensionhuelgatrabajadores
Art.
104

Artículo 104. Huelga ilegal y consecuencias

Si el Tribunal declara la huelga ilegal, advertirá a los trabajadores que suspender labores será causa justificada de cese. Se dictarán medidas para evitar la suspensión.

huelgailegaltrabajadores
Art.
105

Artículo 105. Cese por huelga ilegal

Los trabajadores que suspendan labores tras una declaración de huelga ilegal quedarán cesados sin responsabilidad para los titulares. Esto enfatiza la importancia de la legalidad en las huelgas.

ceseshuelgatrabajadores
Art.
106

Artículo 106. Huelga ilegal y actos violentos

La huelga se considera ilegal y delictuosa si los huelguistas realizan actos violentos o se decreta en casos específicos del artículo 29 Constitucional. Esto resalta la importancia de la paz en las manifestaciones.

huelgaviolenciatrabajadores
Art.
107

Artículo 107. Respeto al derecho de huelga

Mientras no se declare ilegal una huelga, el Tribunal y autoridades deben respetar el derecho de los trabajadores, brindándoles garantías y auxilio. Esto es fundamental para la protección de los derechos laborales.

derechos laboraleshuelgatrabajadores
Art.
108

Artículo 108. Causas de terminacion de huelga

La huelga puede terminar por acuerdo entre las partes, resolución de la asamblea de trabajadores, declaración de ilegalidad o laudo del tribunal. Cada causa tiene implicaciones diferentes para los trabajadores.

terminacionhuelgatrabajadores
Art.
109

Artículo 109. Mantenimiento de servicios durante huelga

Si se declara legal una huelga, el Tribunal fijará el número de trabajadores que deben mantener sus labores para asegurar servicios esenciales. Esto es crucial para la estabilidad institucional.

servicioshuelgatrabajadores
Art.
110

Artículo 110. Riesgos profesionales

Los riesgos profesionales de los trabajadores se regirán por la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales y la Ley Federal del Trabajo. Esto establece un marco claro para la protección laboral.

riesgostrabajadoresseguridad
Art.
111

Artículo 111. Licencias por enfermedades no profesionales

Los trabajadores con enfermedades no profesionales tienen derecho a licencias con goce de sueldo, dependiendo de sus años de servicio. Esto garantiza una protección económica durante su incapacidad.

licenciasenfermedadestrabajadores
Art.
112

Artículo 112. Prescripcion de acciones

Las acciones derivadas de esta Ley prescribirán en un año, salvo excepciones. Esto establece un límite temporal para que los trabajadores puedan ejercer sus derechos.

prescripcionaccionestrabajadores
Art.
113

Artículo 113. Plazos de prescripcion

Se establecen plazos específicos de prescripción para diversas acciones laborales, como nulidad de nombramientos y despidos injustificados. Esto proporciona claridad sobre los derechos de los trabajadores.

plazosprescripciontrabajadores
Art.
114

Artículo 114. Prescripcion en dos años

Algunas acciones laborales prescriben en dos años, como las reclamaciones por incapacidad por riesgos profesionales. Esto es relevante para la protección de los derechos de los trabajadores.

prescripcionincapacidadtrabajadores
Art.
115

Artículo 115. Interrupcion de la prescripcion

La prescripción se interrumpe por la presentación de la demanda ante el Tribunal o por el reconocimiento del derecho por parte del obligado. Esto protege los derechos de los trabajadores.

interrupcionprescripciontrabajadores
Art.
116

Artículo 116. Reconocimiento de derechos

La prescripción se interrumpe si la persona a favor de quien corre reconoce el derecho de quien prescribe. Esto establece un mecanismo de protección para los trabajadores.

derechosprescripciontrabajadores
Art.
117

Artículo 117. Prescripcion de derechos laborales

Este articulo establece las reglas para la prescripcion de derechos laborales, especificando el conteo de los meses y los días hábiles. Es fundamental para entender los plazos en los que se pueden reclamar derechos ante el Tribunal.

prescripcionderechos laboralesplazos
Art.
118

Artículo 118. Estructura del Tribunal Federal

El articulo describe la estructura del Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje, incluyendo su integración y funcionamiento. Es clave para entender cómo se toman las decisiones en este organismo.

tribunalestructuraconciliacion
Art.
119

Artículo 119. Sustitucion de Magistrados

Este articulo regula la sustitucion de Magistrados en caso de vacantes, asegurando la continuidad del funcionamiento del Tribunal. Es relevante para la estabilidad del sistema judicial laboral.

magistradossustituciontribunal
Art.
120

Artículo 120. Duracion en el cargo de Magistrados

El articulo establece un periodo de seis años para el encargo de los Presidentes del Tribunal y de las Salas. Esto garantiza la estabilidad en la administración del Tribunal.

magistradosduraciontribunal
Art.
120-A

Artículo 120-A. Facultades del Presidente del Tribunal

Este articulo detalla las facultades y obligaciones del Presidente del Tribunal, incluyendo la dirección administrativa y la representación del mismo. Es clave para entender el liderazgo en el Tribunal.

presidentefacultadestribunal
Art.
120-B

Artículo 120-B. Facultades del Presidente de Sala

El articulo establece las facultades del Presidente de cada Sala, incluyendo la vigilancia del cumplimiento de laudos. Es importante para la administración interna del Tribunal.

presidente de salafacultadestribunal
Art.
120-C

Artículo 120-C. Facultades de Presidentes de Salas Auxiliares

Este articulo detalla las obligaciones de los Presidentes de Salas Auxiliares, asegurando el correcto funcionamiento de estas instancias. Es relevante para la operatividad del Tribunal.

salas auxiliaresfacultadestribunal
Art.
121

Artículo 121. Requisitos para ser Magistrado

Este articulo establece los requisitos necesarios para ser Magistrado del Tribunal, incluyendo la nacionalidad y experiencia laboral. Es fundamental para la selección de personal calificado.

magistradosrequisitostribunal
Art.
121-A

Artículo 121-A. Emolumentos de Magistrados

El articulo establece que el Presidente del Tribunal y los Magistrados recibirán emolumentos equivalentes a los de altos funcionarios judiciales. Esto refleja la importancia de sus roles.

emolumentosmagistradostribunal
Art.
122

Artículo 122. Personal del Tribunal

Este articulo regula la estructura del personal del Tribunal, incluyendo Secretarios y Conciliadores. Es clave para la operatividad del Tribunal.

personaltribunalconciliadores
Art.
123

Artículo 123. Nombramiento y gastos del Tribunal

El articulo establece que el Tribunal nombrará a su personal y que los gastos serán cubiertos por el Estado. Esto asegura la sostenibilidad del Tribunal.

nombramientogastostribunal
Art.
124

Artículo 124. Competencias del Tribunal

Este articulo define las competencias del Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje, incluyendo conflictos individuales y colectivos. Es fundamental para entender su alcance.

competenciastribunalconflictos laborales
Art.
124-A

Artículo 124-A. Funciones del Pleno del Tribunal

El articulo detalla las funciones del Pleno del Tribunal, incluyendo la expedición de reglamentos y la uniformidad de criterios. Es clave para la administración del Tribunal.

plenofuncionestribunal
Art.
124-B

Artículo 124-B. Funciones de las Salas

Este articulo establece las funciones de cada Sala del Tribunal, incluyendo la resolución de conflictos individuales. Es relevante para la operatividad del Tribunal.

salasfuncionestribunal
Art.
124-C

Artículo 124-C. Funciones de Salas Auxiliares

El articulo regula las funciones de las Salas Auxiliares, incluyendo el trámite de conflictos individuales. Es importante para la gestión de casos en las entidades federativas.

salas auxiliaresfuncionestribunal
Art.
125

Artículo 125. Audiencia de conciliación

El Presidente del Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje citará a las partes a una audiencia de conciliación en un plazo de 24 horas tras recibir una promoción sobre un conflicto colectivo. Si se llega a un convenio, este se convertirá en laudo, obligando a las partes como si fuera una sentencia ejecutoriada.

conflicto colectivoaudiencialaudo
Art.
126

Artículo 126. Forma de intervención ante el Tribunal

El procedimiento ante el Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje no requiere formas o solemnidades especiales en la promoción o intervención de las partes. Esto permite una mayor flexibilidad en la presentación de casos.

procedimientointervencióntribunal
Art.
127

Artículo 127. Terminación de nombramientos

El procedimiento para la terminación de nombramientos de trabajadores ante el Tribunal incluye la presentación de una demanda y la contestación por parte del demandado, seguido de una audiencia para desahogar pruebas y dictar laudo.

terminaciónnombramientosaudiencia
Art.
127 Bis

Artículo 127 Bis. Controversias laborales

Este articulo establece el procedimiento para resolver controversias sobre la terminacion de nombramientos laborales ante el Tribunal Federal de Conciliacion y Arbitraje. Incluye plazos para presentar demandas y contestaciones.

controversias laboralestribunalprocedimiento
Art.
128

Artículo 128. Responsabilidades en audiencias

Las audiencias son dirigidas por Secretarios del Tribunal, quienes resolverán cuestiones que surjan. Las decisiones pueden ser revisadas por el Pleno a solicitud de las partes.

audienciasresponsabilidadestribunal
Art.
129

Artículo 129. Contenido de la demanda

La demanda debe incluir información específica como el nombre y domicilio del reclamante y demandado, el objeto de la demanda y una relación de hechos. Esto asegura claridad en el proceso.

demandacontenidoreclamante
Art.
130

Artículo 130. Contestación de la demanda

La contestación de la demanda debe presentarse en un plazo no mayor a cinco días y debe abordar todos los hechos de la demanda. Esto es clave para la defensa del demandado.

contestacióndemandaplazos
Art.
131

Artículo 131. Práctica de diligencias

El Tribunal ordenará la práctica de diligencias necesarias tras recibir la contestación de la demanda, citando a las partes para la audiencia de pruebas y alegatos.

diligenciasaudienciatribunal
Art.
132

Artículo 132. Recepción de pruebas

En la audiencia se abrirá el período de recepción de pruebas, donde el Tribunal calificará y admitirá las pertinentes. Esto establece el orden de desahogo de las pruebas.

pruebasaudienciacalificación
Art.
133

Artículo 133. Aceptación de pruebas

En la audiencia solo se aceptarán pruebas previamente ofrecidas, salvo excepciones. Esto resalta la importancia de la preparación previa de las partes.

pruebasaudienciaaceptación
Art.
134

Artículo 134. Comparecencia de trabajadores

Los trabajadores pueden comparecer por sí mismos o a través de representantes acreditados. Esto facilita la participación en el proceso judicial.

comparecenciatrabajadoresrepresentantes
Art.
135

Artículo 135. Asesores en audiencias

Las partes pueden acudir a las audiencias acompañadas de asesores que consideren necesarios. Esto puede fortalecer su posición durante el proceso.

asesoresaudienciaspartes
Art.
136

Artículo 136. Contestación afirmativa por omisión

Si el demandado no contesta la demanda en el plazo establecido, se considerará que ha contestado en sentido afirmativo, salvo prueba en contrario. Esto puede tener implicaciones significativas.

contestaciónomisiónafirmativa
Art.
137

Artículo 137. Apreciación de pruebas

El Tribunal apreciará las pruebas presentadas sin seguir reglas fijas, basándose en la buena fe y la verdad. Esto otorga cierta flexibilidad en la evaluación de los casos.

apreciopruebastribunal
Art.
138

Artículo 138. Solicitud de mayor información

Antes de dictar el laudo, los magistrados pueden solicitar mayor información para mejor proveer, lo que puede influir en la decisión final del Tribunal.

informaciónlaudomagistrados
Art.
139

Artículo 139. Incompetencia del Tribunal

El Tribunal declarará de oficio su incompetencia si así lo determina durante el procedimiento. Esta disposición asegura que los casos sean manejados por la autoridad adecuada.

tribunalincompetenciaprocedimiento
Art.
140

Artículo 140. Desistimiento de la acción

Se considera desistida la acción si no se realizan promociones necesarias en un plazo de tres meses. Sin embargo, existen excepciones que impiden la caducidad por diligencias fuera del tribunal.

desistimientocaducidadpromociones
Art.
141

Artículo 141. Resolución de incidentes

Los incidentes relacionados con la personalidad de las partes o la competencia del Tribunal se resolverán de plano. Esto agiliza el proceso y evita dilaciones innecesarias.

incidentesresolucióncompetencia
Art.
142

Artículo 142. Notificaciones del Tribunal

Las notificaciones importantes se realizarán personalmente, mientras que otras se harán por estrados. Los plazos comenzarán a contarse a partir del día hábil siguiente a la notificación.

notificacionesplazostribunal
Art.
143

Artículo 143. Sanciones por faltas de respeto

El Tribunal sancionará las faltas de respeto con amonestaciones o multas. Las sanciones varían según si el infractor es un trabajador o un funcionario.

sancionesfaltas de respetotribunal
Art.
144

Artículo 144. Prohibición de costas

El Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje no podrá condenar al pago de costas. Esto implica que las partes no asumirán gastos adicionales por el procedimiento.

costastribunalconciliación
Art.
145

Artículo 145. Imposibilidad de recusación

Los miembros del Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje no podrán ser recusados. Esto garantiza la estabilidad y continuidad en la administración de justicia.

recusacióntribunaljusticia
Art.
146

Artículo 146. Resoluciones inapelables

Las resoluciones del Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje son inapelables y deben cumplirse de inmediato. Esto refuerza la autoridad del Tribunal en sus decisiones.

resolucionesinapelablestribunal
Art.
147

Artículo 147. Auxilio a las resoluciones

Las autoridades civiles y militares deben auxiliar al Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje para hacer cumplir sus resoluciones. Esto asegura el respeto a las decisiones del Tribunal.

auxilioresolucionestribunal
Art.
148

Artículo 148. Multas por incumplimiento

El Tribunal podrá imponer multas de hasta mil pesos para asegurar el cumplimiento de sus determinaciones. Esto actúa como un mecanismo de presión para las partes involucradas.

multascumplimientotribunal
Art.
149

Artículo 149. Ejecución de multas

Las multas impuestas serán efectivas a través de la Tesorería General de la Federación, que informará al Tribunal sobre su cobro. Esto establece un proceso claro para la ejecución de sanciones.

ejecuciónmultastesorería
Art.
150

Artículo 150. Ejecución de laudos

El Tribunal tiene la obligación de asegurar la ejecución eficaz e inmediata de los laudos. Esto implica que debe dictar las medidas necesarias para su cumplimiento.

ejecuciónlaudostribunal
Art.
151

Artículo 151. Auto de ejecución

Al solicitar la ejecución de un laudo, el Tribunal despachará un auto y comisionará a un actuario para requerir el cumplimiento. Este procedimiento es clave para la efectividad de los laudos.

auto de ejecuciónlaudostribunal
Art.
152

Artículo 152. Conflictos en el Poder Judicial

Los conflictos entre el Poder Judicial de la Federación y sus servidores serán resueltos por una Comisión de Conflictos Laborales. Las resoluciones son definitivas e inatacables.

conflictospoder judicialresoluciones
Art.
153

Artículo 153. Regulación de substanciación

Las cuestiones sobre la substanciación de asuntos y recursos de revocación se regularán por acuerdos generales del Pleno de la Suprema Corte o del Consejo de la Judicatura. Esto establece un marco normativo claro.

substanciaciónrecursossuprema corte
Art.
154

Artículo 154. Comision de Conflictos Laborales

Este articulo establece la integracion de la Comision de Conflictos Laborales del Poder Judicial de la Federacion, especificando los representantes de la Suprema Corte y del Consejo de la Judicatura. Se busca garantizar una representacion equitativa en la resolucion de conflictos laborales.

comisionconflictos laboralessuprema corte
Art.
155

Artículo 155. Funcionamiento de la Comision

El articulo describe el funcionamiento de la Comision de Conflictos Laborales, incluyendo la figura del Secretario de Acuerdos y la asignacion de recursos en el Presupuesto de Egresos. Esto asegura que la comision cuente con los medios necesarios para operar.

funcionamientopresupuestosecretario de acuerdos
Art.
156

Artículo 156. Requisitos de los Integrantes

Este articulo establece los requisitos que deben cumplir los integrantes de la Comision de Conflictos Laborales, incluyendo la necesidad de ser licenciados en derecho. Además, se especifica la duración de sus encargos.

requisitosintegranteslicenciados en derecho
Art.
157

Artículo 157. Suplencia de Miembros

El articulo regula la suplencia de los miembros de la Comision substanciadora en caso de faltas temporales o definitivas. Esto garantiza la continuidad en el proceso de resolucion de conflictos laborales.

suplenciamiembroscontinuidad
Art.
158

Artículo 158. Tramitacion de Expedientes

La Comision Substanciadora se sujetara a las disposiciones del capitulo III del Titulo Septimo para la tramitacion de expedientes. Esto establece un marco normativo claro para el manejo de los casos.

tramitacionexpedientesnormativa
Art.
159

Artículo 159. Auxiliares en Diligencias

Este articulo establece que los tribunales colegiados actuarán como auxiliares de la Comision de Conflictos Laborales en ciertos casos, garantizando la presencia del trabajador afectado. Esto refuerza la transparencia en el proceso.

auxiliaresdiligenciastransparencia
Art.
160

Artículo 160. Reuniones de la Comision

La Comision de Conflictos Laborales se reunira cuantas veces sea necesario para resolver conflictos laborales, lo que permite una gestion flexible y eficiente de los casos. Esto facilita la atencion oportuna de los conflictos.

reunionescomisiongestion eficiente
Art.
161

Artículo 161. Audiencia y Votacion

Este articulo regula el proceso de audiencia y votacion en la Comision de Conflictos Laborales, asegurando que se discutan y voten los proyectos de resolucion. Esto establece un procedimiento claro para la toma de decisiones.

audienciavotacionproceso
Art.
162

Artículo 162. Correcciones Disciplinarias

El Tribunal Federal de Conciliacion y Arbitraje tiene la facultad de imponer correcciones disciplinarias a particulares y empleados del Tribunal. Esto establece un marco para el comportamiento esperado durante las actuaciones.

correcciones disciplinariastribunalcomportamiento
Art.
163

Artículo 163. Tipos de Correcciones

Este articulo detalla los tipos de correcciones disciplinarias que pueden imponerse, incluyendo amonestaciones y multas. Esto proporciona claridad sobre las posibles sanciones por faltas cometidas.

tipos de correccionesamonestacionesmultas
Art.
164

Artículo 164. Imposicion de Correcciones

Las correcciones disciplinarias se impondran tras escuchar al interesado y considerando las circunstancias de la falta. Esto garantiza un proceso justo y equitativo.

imposicioncorreccionesjusticia
Art.
165

Artículo 165. Infracciones y Sanciones

Las infracciones a la ley que no tengan otra sancion establecida se castigaran con multa hasta de mil pesos, lo que establece un marco para las sanciones aplicables. Esto es relevante para la gestion de riesgos legales.

infraccionessancionesmultas

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