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Artículo 108. Causas de terminacion de huelga

La huelga puede terminar por acuerdo entre las partes, resolución de la asamblea de trabajadores, declaración de ilegalidad o laudo del tribunal. Cada causa tiene implicaciones diferentes para los trabajadores.

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Texto Legal

La huelga terminará:

I.- Por avenencia entre las partes en conflicto;

II.- Por resolución de la asamblea de trabajadores tomada por acuerdo de la mayoría de los miembros;

III.- Por declaración de ilegalidad o inexistencia, y

IV.- Por laudo de la persona o tribunal que, a solicitud de las partes y con la conformidad de éstas, se aboque al conocimiento del asunto.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Los trabajadores deben estar informados sobre las diferentes formas en que puede terminar una huelga. Esto les ayudará a planificar sus acciones y a entender sus derechos.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 108 del LFTSE?

La huelga puede terminar por acuerdo entre las partes, resolución de la asamblea de trabajadores, declaración de ilegalidad o laudo del tribunal. Cada causa tiene implicaciones diferentes para los trabajadores.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 108 de la LEY de los Trabajadores al Servicio del Estado,...?

Los trabajadores deben estar informados sobre las diferentes formas en que puede terminar una huelga. Esto les ayudará a planificar sus acciones y a entender sus derechos.

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