LFTSE

Artículo 109. Mantenimiento de servicios durante huelga

Si se declara legal una huelga, el Tribunal fijará el número de trabajadores que deben mantener sus labores para asegurar servicios esenciales. Esto es crucial para la estabilidad institucional.

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Texto Legal

Al resolverse que una declaración de huelga es legal, el Tribunal a petición de las autoridades correspondientes y tomando en cuenta las pruebas presentadas, fijará el número de trabajadores que los huelguistas estarán obligados a mantener en el desempeño de sus labores, a fin de que continúen realizándose aquellos servicios cuya suspensión perjudique la estabilidad de las instituciones, la conservación de las instalaciones o signifique un peligro para la salud pública.

TITULO QUINTO De los Riesgos Profesionales y de las Enfermedades no Profesionales

CAPITULO I

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Los trabajadores deben estar preparados para cumplir con las disposiciones del Tribunal en caso de huelga legal. La continuidad de servicios es un aspecto crítico que deben considerar.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 109 del LFTSE?

Si se declara legal una huelga, el Tribunal fijará el número de trabajadores que deben mantener sus labores para asegurar servicios esenciales. Esto es crucial para la estabilidad institucional.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 109 de la LEY de los Trabajadores al Servicio del Estado,...?

Los trabajadores deben estar preparados para cumplir con las disposiciones del Tribunal en caso de huelga legal. La continuidad de servicios es un aspecto crítico que deben considerar.

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