LFTSE

Artículo 64. Vacantes temporales mayores a seis meses

Las vacantes temporales mayores de seis meses se ocuparán por riguroso escalafón, asegurando que los trabajadores ascendidos sean nombrados como provisionales. Esto protege los derechos de los trabajadores.

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Texto Legal

Las vacantes temporales mayores de seis meses serán ocupadas por riguroso escalafón; pero los trabajadores ascendidos serán nombrados en todo caso con el carácter de provisionales, de tal modo que si quien disfrute de la licencia reingresare al servicio, automáticamente se correrá en forma inversa el escalafón y el trabajador provisional de la última categoría correspondiente, dejará de prestar sus servicios sin responsabilidad para el titular.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Es crucial que los trabajadores conozcan sus derechos en caso de vacantes temporales. La provisión de nombramientos provisionales debe ser manejada con cuidado para evitar conflictos.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 64 del LFTSE?

Las vacantes temporales mayores de seis meses se ocuparán por riguroso escalafón, asegurando que los trabajadores ascendidos sean nombrados como provisionales. Esto protege los derechos de los trabajadores.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 64 de la LEY de los Trabajadores al Servicio del Estado,...?

Es crucial que los trabajadores conozcan sus derechos en caso de vacantes temporales. La provisión de nombramientos provisionales debe ser manejada con cuidado para evitar conflictos.

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