El articulo 44 establece las obligaciones fundamentales que deben cumplir los trabajadores al servicio del Estado, incluyendo el desempeño adecuado de sus labores y la observancia de buenas costumbres. También se menciona la importancia de la puntualidad y la reserva de información confidencial.
Son obligaciones de los trabajadores:
I.- Desempeñar sus labores con la intensidad, cuidado y esmero apropiados, sujetándose a la dirección de sus jefes y a las leyes y reglamentos respectivos.
II.- Observar buenas costumbres dentro del servicio.
III.- Cumplir con las obligaciones que les impongan las condiciones generales de trabajo.
IV.- Guardar reserva de los asuntos que lleguen a su conocimiento con motivo de su trabajo.
LEY FEDERAL DE LOS TRABAJADORES AL SERVICIO DEL ESTADO, REGLAMENTARIA DEL APARTADO B) DEL ARTÍCULO 123 CONSTITUCIONAL CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Última Reforma DOF 15-01-2026 Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios
V.- Evitar la ejecución de actos que pongan en peligro su seguridad y la de sus compañeros.
VI.- Asistir puntualmente a sus labores;
VII.- No hacer propaganda de ninguna clase dentro de los edificios o lugares de trabajo, y
VIII.- Asistir a los institutos de capacitación, para mejorar su preparación y eficiencia. -
CAPITULO VI
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Este articulo es crucial para entender las expectativas de conducta y desempeño de los trabajadores. Es recomendable que los empleadores refuercen estas obligaciones en sus manuales internos para evitar conflictos laborales.
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