LFPRH

Artículo 21 Bis. Fondos de Estabilizacion de Ingresos

Se establecen directrices para la operación de los fondos de estabilización de ingresos, con el objetivo de mitigar el impacto de disminuciones en los ingresos del Gobierno Federal.

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Texto Legal

En la operación de los fondos de Estabilización de los Ingresos de las Entidades Federativas y de Estabilización de los Ingresos Presupuestarios a que se refieren los incisos a) y c) de la fracción IV del artículo 19 de esta Ley, se deberán observar, al menos, las siguientes directrices:

I. El Fondo de Estabilización de los Ingresos de las Entidades Federativas tiene por finalidad lo establecido en el artículo 21, fracción II, párrafo segundo, de esta Ley;

II. La finalidad del Fondo de Estabilización de los Ingresos Presupuestarios es aminorar el efecto sobre las finanzas públicas y la economía nacional cuando ocurran disminuciones de los ingresos del Gobierno Federal, con respecto a los estimados en la Ley de Ingresos, para propiciar condiciones que permitan cubrir el gasto previsto en el Presupuesto de Egresos;

III. Los Fondos se constituirán como fideicomisos públicos sin estructura orgánica, en términos de la presente Ley y demás disposiciones aplicables;

IV. El monto de recursos que, conforme a esta Ley, su Reglamento, las respectivas reglas de operación de los Fondos y otras disposiciones aplicables, se destinen a los fondos de estabilización referidos, se deberá calcular y depositar, conforme a los plazos determinados en dichos ordenamientos;

V. Los recursos de los Fondos, en tanto no sean utilizados, deberán permanecer depositados en cuentas y, en su caso, subcuentas establecidas por la institución fiduciaria, de acuerdo con las instrucciones que para tal efecto realice la Secretaría y lo estipulado en el fideicomiso, según corresponda;

V Bis. Tratándose del Fondo de Estabilización de los Ingresos Presupuestarios, la Secretaría podrá realizar aportaciones adicionales de activos financieros o títulos de crédito, del Gobierno Federal, siempre y cuando se cumpla con lo señalado en el artículo 17 de esta Ley.

Para efectos de lo dispuesto en el párrafo anterior, y en términos de las disposiciones jurídicas aplicables, los recursos de los Fondos establecidos para la administración, manejo y uso de las aportaciones de seguridad social de las y los trabajadores, no serán considerados activos financieros del Gobierno Federal; Fracción adicionada DOF 17-04-2024

LEY FEDERAL DE PRESUPUESTO Y RESPONSABILIDAD HACENDARIA CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Última Reforma DOF 16-07-2025 Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios

VI. La política de inversión de los recursos que integran los fondos y, en su caso, los medios para la protección de los mismos, incluyendo la adquisición de coberturas, deberán determinarse por la Secretaría, de acuerdo con las reglas de operación correspondientes;

VII. La Secretaría, conforme a las disposiciones aplicables, reportará al Congreso de la Unión acerca de los ingresos, egresos y reservas de los fondos, en los Informes Trimestrales, y

VIII. Las reglas de operación del Fondo de Estabilización de los Ingresos de las Entidades Federativas deberán prever, al menos, lo siguiente:

a) Se podrán realizar compensaciones provisionales durante el ejercicio fiscal correspondiente, con base en una proyección de las finanzas públicas que elabore la Secretaría, en la que se determine la disminución de las participaciones a las entidades federativas, y

b) En el supuesto de que las cantidades entregadas mediante dichas compensaciones sean superiores a la disminución de las participaciones a las entidades federativas observada al cierre del ejercicio fiscal, las Entidades Federativas deberán realizar el reintegro de recursos que corresponda al Fondo dentro de los 10 días siguientes a que se les comunique el monto respectivo de dicho reintegro. Artículo adicionado DOF 11-08-2014

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Los contadores deben entender cómo funcionan estos fondos, ya que pueden ser herramientas clave para la estabilidad financiera del gobierno.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 21 Bis del LFPRH?

Se establecen directrices para la operación de los fondos de estabilización de ingresos, con el objetivo de mitigar el impacto de disminuciones en los ingresos del Gobierno Federal.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 21 Bis de la LEY de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria?

Los contadores deben entender cómo funcionan estos fondos, ya que pueden ser herramientas clave para la estabilidad financiera del gobierno.

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