La propiedad colectiva del patrimonio cultural puede coexistir en varias comunidades indígenas o afromexicanas, respetando su autonomía. Si no hay acuerdo, el elemento no estará disponible para terceros.
Podrá coexistir la propiedad colectiva del patrimonio cultural en dos o más comunidades indígenas o afromexicanas respecto de uno o más elementos, en cuyo caso, la propiedad se ejercerá con pleno respeto a la libre determinación y autonomía de cada una de ellas, de manera conjunta o separada. En caso de falta de acuerdo entre las comunidades, el elemento de que se trate no estará disponible al uso y aprovechamiento por parte de terceros.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
[IA] Es fundamental que las comunidades establezcan mecanismos claros de comunicación y acuerdo para evitar conflictos sobre el uso de su patrimonio cultural. La falta de consenso puede llevar a la inacción respecto a la explotación de estos elementos.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
Consulta Sin Costo