Las comunidades pueden reclamar la propiedad colectiva si terceros utilizan su patrimonio cultural sin consentimiento. Esto incluye reproducciones y copias no autorizadas.
Los pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas tendrán el derecho de reclamar, en todo momento, la propiedad colectiva reconocida en esta Ley, cuando terceros utilicen, aprovechen, comercialicen, exploten o se apropien indebidamente, de elementos de su patrimonio cultural, incluyendo reproducciones, copias o imitaciones, aun en grado de confusión, sin su consentimiento libre, previo e informado.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
[IA] Las comunidades deben estar atentas a cualquier uso indebido de su patrimonio cultural y estar preparadas para reclamar sus derechos. La documentación y el registro de su patrimonio son esenciales para respaldar estas reclamaciones.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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